REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY
CORTE DE APELACIONES
San Felipe, 02 de Agosto de 2005
Años: 195° y 146°
Asunto Principal: UP01-R-2004-000024
Asunto Corte: UGO1-X-2005-000034
Motivo: Incidencia de Inhibición
Abg. Esmeralda Ramböck
Imputados: Jonathan Sebastián Pérez Simanca y
Marcel Sandy Blanco Meneses
Procedencia: Tribunal de Control N° 1
Ponente: Abg. Elsy Leonor Cañizales Lomelli
Vista la inhibición presentada por la Abogada ESMERALDA RAMBOCK, en su carácter de Juez Superior de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el asunto, UP01-R-2005-000024, seguido contra Jonathan Sebastián Pérez Simanca y Marcel Sandy Blanco Meneses, se procede a resolver la Inhibición de conformidad con el encabezamiento del artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para lo cual se formulan las siguientes consideraciones:
La Juez inhibida invoca la causal 4 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal y alega que:
“…Revisadas las actuaciones que cursan a lo largo del presente dossier signado UP01-R-2005-000024, pude apreciar que en fecha 11 de diciembre del año 2003, me inhibí de conocer el asunto signado UP01-S-2002-000371, en virtud que me unen lazos de amistad desde hace más de veinte años con el ciudadano CARLOS ALBERTO CASTILLO, abogado accionante en el presente asunto, dicha Inhibición fue declarada con lugar por la Corte de Apelaciones de éste Circuito Judicial Penal en fecha 12 de Abril de 2004…”
Al respecto se observa que indudablemente, la situación descrita por la Juez inhibida, que afecta su capacidad subjetiva para conocer del asunto, al punto de impedirle decidir con imparcialidad y objetividad, en virtud de la amistad existente. Por ello la inhibición planteada debe ser declarada con Lugar, por encuadrar la situación descrita en la causal alegada.
DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 4 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la Juez Superior ESMERALDA RAMBOCK, en el asunto UP01-R-2005-000024, seguido contra Jonathan Sebastián Pérez Simanca y Marcel Sandy Blanco Meneses. Notifíquese a la Juez inhibida.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, en San Felipe a los dos (02) días del mes de Agosto del año dos mil cinco (2005). Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
Abg. Elsy Leonor Cañizales Lomelli
Juez Presidente
Abg. Alicia Olivares
Secretaria
nancy.-
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