REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO YARACUY
194° Y 146°

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2005-000214
PARTE DEMANDANTE: AMALIA ROSA LÒPEZ LÒPEZ y MARIA AUXILIADORA
TOVAR OCHOA
ASISTIDAS POR: Abg. JESUS HUMBERTO DELGADO
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (FUNDESOY)
EN LA PERSONA DE: Prof. NANCY GIMENEZ DE QUERECUTO
REPRESENTADA POR: Abgs. CARMEN O. CASTRO y YURALY M. LAYA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los NUEVE (09) días del mes de DICIEMBRE de 2005, siendo las 11:00 AM., oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar y el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por las ciudadanas: AMALIA ROSA LÒPEZ LÒPEZ y MARIA AUXILIADORA TOVAR OCHOA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.475.841 y V-5.464.525 respectivamente, asistidas en este acto por el Abogado: JESUS HUMBERTO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.837.278 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 82.844 y de este domicilio, actuando en su condición de Procurador Especial de Trabajadores del Estado Yaracuy, CONTRA: EL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (FUNDESOY), en la persona de la ciudadana: Prof. NANCY GIMENEZ DE QUERECUTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº. 7.505.922, en su condición de Presidente del Instituto demandado, representada en este acto por las Abogadas en ejercicio: CARMEN OLAIDA CASTRO R y YURALY MELISIA LAYA F, ambas venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.372.094 y 7.918.880 e inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nros. 113.870 y 62.559 respectivamente, ambas de este domicilio, quienes consignan en este acto Original y Copias de los Instrumentos Poderes, a los fines de demostrar sus facultades para actuar en Juicio en representación de su mandante aquí demandada, y a su vez solicitan la Certificación de dichos Poderes por parte de este Tribunal, así mismo este Tribunal deja constancia que se encuentra presente en el Acto la ciudadana: GRACIE Q. PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 11.272.180, en su condición de Supervisora Regional del Departamento de Atención Integral al Adulto Mayor, adscrita al Instituto Accionado, de este domicilio ,conforme a la causa N° UP11-L-2005-000214, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presente en este acto ambas partes y establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de esta Audiencia, se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ, Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO YARACUY
194° Y 146°

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2005-000214
PARTE DEMANDANTE: AMALIA ROSA LÒPEZ LÒPEZ y MARIA AUXILIADORA
TOVAR OCHOA
ASISTIDAS POR: Abg. JESUS HUMBERTO DELGADO
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (FUNDESOY)
EN LA PERSONA DE: Prof. NANCY GIMENEZ DE QUERECUTO
REPRESENTADA POR: Abgs. CARMEN O. CASTRO y YURALY M. LAYA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los NUEVE (09) días del mes de DICIEMBRE de 2005, siendo las 11:00 AM., oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar y el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por las ciudadanas: AMALIA ROSA LÒPEZ LÒPEZ y MARIA AUXILIADORA TOVAR OCHOA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.475.841 y V-5.464.525 respectivamente, asistidas en este acto por el Abogado: JESUS HUMBERTO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.837.278 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 82.844 y de este domicilio, actuando en su condición de Procurador Especial de Trabajadores del Estado Yaracuy, CONTRA: EL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (FUNDESOY), en la persona de la ciudadana: Prof. NANCY GIMENEZ DE QUERECUTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº. 7.505.922, en su condición de Presidente del Instituto demandado, representada en este acto por las Abogadas en ejercicio: CARMEN OLAIDA CASTRO R y YURALY MELISIA LAYA F, ambas venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.372.094 y 7.918.880 e inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nros. 113.870 y 62.559 respectivamente, ambas de este domicilio, quienes consignan en este acto Original y Copias de los Instrumentos Poderes, a los fines de demostrar sus facultades para actuar en Juicio en representación de su mandante aquí demandada, y a su vez solicitan la Certificación de dichos Poderes por parte de este Tribunal, así mismo este Tribunal deja constancia que se encuentra presente en el Acto la ciudadana: GRACIE Q. PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 11.272.180, en su condición de Supervisora Regional del Departamento de Atención Integral al Adulto Mayor, adscrita al Instituto Accionado, de este domicilio ,conforme a la causa N° UP11-L-2005-000214, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presente en este acto ambas partes y establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de esta Audiencia, se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ, Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo. En este estado, éste Tribunal deja constancia que por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por consiguiente se PROLONGA dicha Audiencia Preliminar para el día VIERNES 16-12-2005, a las 02:00 PM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Ambas partes de mutuo y común acuerdo establecen un lapso de espera de quince (15) minutos. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. En este estado este Tribunal deja constancia que las Demandantes asistidas de Abogado, consignaron escrito de Pruebas. Asimismo, este Tribunal deja constancia que las Apoderadas del Ente Demandado, consignaron Medios Probatorios constante en Siete (07) folios útiles. Se ordena practicar la Certificación del Poder peticionada en autos.
Se hacen tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los NUEVE (09) días del mes de DICIEMBRE de DOS MIL CINCO (2005). Siendo las 11:30 AM., de la mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

La Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.



Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ

La Parte Demandante: La Parte Demandada:
INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO
SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (FUNDESOY)

AMALIA ROSA LÒPEZ L. Representado por:


MARIA AUXILIADORA TOVAR O. Abg. CARMEN OLAIDA CASTRO R.

Abg. YURALY M. LAYA
Asistidas por: Supervisora.

GRACIE PINTO

Abg. JESUS H. DELGADO




La Secretaria Accidental,

Abg. ZORAN GARCIA


Se hacen tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los NUEVE (09) días del mes de DICIEMBRE de DOS MIL CINCO (2005). Siendo las 11:30 AM., de la mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

La Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.



Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ

La Parte Demandante: La Parte Demandada:
INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO
SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (FUNDESOY)

AMALIA ROSA LÒPEZ L. Representado por:


MARIA AUXILIADORA TOVAR O. Abg. CARMEN OLAIDA CASTRO R.

Abg. YURALY M. LAYA
Asistidas por: Supervisora.

GRACIE PINTO

Abg. JESUS H. DELGADO




La Secretaria Accidental,

Abg. ZORAN GARCIA