REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJ O DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA
RECURSO DE APELACIÓN
Expediente No: UC11-R-2001-000001

En el día de hoy, Martes Primero (01) de Febrero del año dos mil cinco (2005), siendo las once y treinta (11:30 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo del Recurso de Apelación interpuesto por la Abogado DESIRE PERDOMO GALLARDO en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 17 de Septiembre de 2001 por el Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el juicio que por CALIFICACION DE DESPIDO sigue ante el A-quo la ciudadana MARIA CANUTA GIMENEZ contra RESTAURANT SORTILEGIO. Anunciado como fuera el acto se deja constancia que no comparecieron las partes ni por si ni por medio de apoderados. Seguidamente constituido el Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abg. ALICIA FIGUEROA ROMERO, la ciudadana secretaria temporal Abogado ZORAN GARCIA DIAZ y el ciudadano Alguacil JOSE GONZALEZ. ------------------------------------------------
Constituido como se encuentra el Tribunal la Juez Superior se pronunció de la siguiente manera:----------------------------------------------------------------------------
Vista la incomparecencia de la parte recurrente, de conformidad con el Artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, ordenándose la remisión del presente expediente a su Tribunal de origen Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.





DECISION

Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la Abogado DESIRE CECILIA PERDOMO GALLARDO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 86.784, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 17 de Septiembre de 2001 por el Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada.


PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe al Primer (01) día del mes de febrero de 2005. Años: 194º y 145º.-
La Juez Superior,

Abg. ALICIA FIGUEROA ROMERO
La Secretaria Temporal

Abg. ZORAN GARCIA DIAZ

En la misma fecha, siendo las 11:35 a.m., se dictó, publicó y registró la anterior Decisión.-

La Secretaria Temporal

Abog. ZORAN GARCIA DIAZ