ACTA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJ O DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA
RECURSO DE APELACIÓN
Expediente No UC11-R-2004-000027

En el día de hoy, Miércoles Dos (02) de Febrero del año dos mil cinco (2005), siendo las dos y treinta (2:30 a.m.) de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo del Recurso de Apelación interpuesto por la Abogado ALBA MARCHI CAPELLETTI en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 14 de septiembre de 2004 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue ante el A-quo el ciudadano ALY FRANCISCO LOYO contra el ciudadano LEONARDO FERNANDO NUÑEZ. Anunciado se deja constancia que la parte recurrente no hizo acto de presencia ni por si ni por medio de apoderado. Asimismo se hace constar que se encuentra presente la parte demandante a través del Ciudadano ALI LOYO PAREDES, titular de la Cédula de Identidad N° 11.654.345 y de su Apoderada Judicial Abogado ZAFIRO NAVAS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 24.555. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abg. ALICIA FIGUEROA ROMERO, la ciudadana secretaria temporal Abogado ZORAN GARCIA DIAZ y el ciudadano Alguacil NEIL ALTUVE, por lo que se da inicio a la presente audiencia.-------------------------------
Vista la incomparecencia de la parte recurrente, de conformidad con el Artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, ordenándose la remisión del presente expediente a su Tribunal de origen.


DECISION

Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la Abogado ALBA MARCHI CAPPELLETTI, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 67.297, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada.

SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada.

TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe a los Dos (02) días del mes de febrero de 2005. Años: 194º y 145º.-
La Juez Superior,

Abog. ALICIA FIGUEROA ROMERO

POR LA PARTE ACTORA



ALY LOYO



Abg. ZAFIRO NAVAS

La Secretaria Temporal

Abog. ZORAN GARCIA DIAZ

El Alguacil;

NEIL ALTUVE