REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJ O DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA
RECURSO DE APELACIÓN
Expediente No :UC11-R-2003-000005

En el día de hoy, Jueves Tres (03) de Febrero del año dos mil cinco (2005), siendo las nueve y treinta (9:30 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo del Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado VICTOR LINO CHUMPITAZ en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 04 de agosto de 2003 por el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue ante el A-quo el ciudadano ANTONIO AGUSTIN ESCALONA contra la empresa GRUPO AVICOLA OMEGA C.A. Anunciado como fuera el acto se deja constancia que la parte recurrente no hizo acto de presencia ni por si ni por medio de apoderado. Asimismo se hace constar que se encuentra presente el apoderado judicial de la parte demandada Abogado CARLOS ALFREDO PEREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 58.510. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abg. ALICIA FIGUEROA ROMERO, la ciudadana secretaria temporal Abogado ZORAN GARCIA DIAZ y el ciudadano Alguacil NEIL ALTUVE, por lo que se da inicio a la presente audiencia.------------------------
Vista la incomparecencia de la parte recurrente, de conformidad con el Artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, ordenándose la remisión del presente expediente a su Tribunal de origen.






DECISION

Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECLARA:

PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el Abogado VICTOR LINO CHUMPITAZ en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 04 de agosto de 2003 por el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada.

Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.-

PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe a los Tres (03) días del mes de febrero de 2005. Años: 194º y 145º.-
La Juez Superior,

Abog. ALICIA FIGUEROA ROMERO


POR LA PARTE DEMANDADA


Abg. CARLOS ALFREDO PEREZ

La Secretaria Temporal

Abog. ZORAN GARCIA DIAZ


El Alguacil;

NEIL ALTUVE