REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 20 de julio de 2005
Años 195° y 146°
Vista la solicitud recibida en fecha 26 de mayo de 2005, formulada por la abogada Anilec Silva Camacaro, Defensora Pública Quinta, adscrita al sistema Autónomo de la Defensa Pública del estado Yaracuy, con competencia en materia de Protección del Niño y del Adolescente, prestándole asistencia a la niña identidad omitida, de 3 años de edad, representada por su madre, ciudadana Argisbetty del Valle Salas Pinto, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-11.783.703, y con domicilio en la calle 12, detrás del INAM, casa s/n, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, mediante la cual solicita AUTORIZACION para tramitar PASAPORTE y VIAJE de la referida niña, ante la ONIDEX, y pueda viajar con ella, en el mes de agosto, al estado de Carolina del Norte, Estados Unidos de Norteamérica. Vista la copia fotostática de la cédula de identidad de la ciudadana Argisbetty del Valle Salas Pinto, que cursa al folio 3 del expediente. Vista la partida de nacimiento de la niña identidad omitida, que cursa al folio cuatro (04) del expediente. Vista la boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial que corre inserta al folio nueve (09). Vista la consignación del cartel de citación del ciudadano Limberg Lisandro Zamora, cursante al folio 15 del expediente. Es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA conceder autorización a la ciudadana Argisbetty del Valle Salas Pinto, titular de la cédula de identidad No. V-11.783.703, para que trámite el PASAPORTE de su hija identidad omitida, ante la ONIDEX, y en consecuencia, viaje con ella en el mes de agosto, al estado de Carolina del Norte, Estados Unidos de Norteamérica. Expídase por secretaria a la solicitante, copia certificada de la presente autorización para que surta sus efectos legales.
La Juez,
Abg. Emir Morr Núñez
La Secretaria,
Abg. Adiby Abdel.
Exp. Solicitud No 1106/05
EMN/aa/kap.-
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