REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 21 de Julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-001279
ASUNTO : UP01-P-2005-001279
Revisadas las actuaciones que integran el presente asunto, este Tribunal observa: Que el mismo proviene del Régimen Procesal Transitorio, el cual en fecha 29-12-1998, el extinto Juzgado de la Parroquias San Javier y Albarico de la Circunscripción Judicial del Edo. Yaracuy, Decreto al ciudadano JORGE ENRIQUE NATERA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.086.905, y domiciliado en Urbanización Juan José de Maya, manzana E, casa N° 18, Albarico, Edo. Yaracuy, Auto de Sometimiento a Juicio, por el Delito de LESIONES PERSONALES ocurrido el 01-05-98, en perjuicio del ciudadano ANGEL ROBERTO PÉREZ RIVERO, siendo notificado sin que hasta la presente fecha haya comparecido a darse por notificado, en consecuencia de conformidad con el articulo 522 ordinal 2do del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal Acuerda, oficiar a las Autoridades competentes a fines de hacer comparecer, a este Tribunal al ciudadano mencionado con el objeto de realizar la Audiencia respectiva, conforme al Capitulo II del Libro Final respecto al Régimen Procesal Transitorio del Código Orgánico Procesal Penal. Y como el imputado carece de Defensor, oficiar al Coordinar de la Defensa Pública a los fines que designe uno. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
Abog. Gloria C. Torrellas A.
Juez de Control N° 1
La Secretaria
Abog. Wuileydi Salas
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