REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, 14 de Julio de 2005


En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los catorce (14) días del mes de julio de 2005, siendo las diez de la mañana (10:00 am.), fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar y dar inicio al proceso de Conciliación y Mediación por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano RIGOBERTO MONTERREY, quién es venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº. V-3.517.059, asistido por la Procuradora Especial de Trabajadores en el Estado Yaracuy, abogada RUBMARLY AGUILAR BETHENCOURT, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 90.251; en CONTRA de la O.N.G PROYECTO BRUZUAL; representada por el ciudadano ORLANDO MANUEL CASTELLANO MARTIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.588.174 y solidariamente el INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRASPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY), representada por su Presidenta, Ing. ANA LUISA OCHOA. Anunciada la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por el Ciudadano Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constato que para este acto se encuentran presentes las partes demandadas en las personas del ciudadano ORLANDO MANUEL CASTELLANO MARTIN, en su condición de Presidente de la O.N.G PROYECTO BRUZUAL, debidamente asistidos por los abogados MIGUEL RODRIGUEZ y MILANYELA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nº V-4.478.620 y V- 14.608.989 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nºs 48.847 y 113.499, respectivamente. Igualmente se encuentra presente el co-demandado INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRASPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY) en la persona de su Apoderada Judicial, Abogada ELSY SILVA GRIMAN, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V- 10.861.474 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 79.625, el cual, al serle requerido por el ciudadano Juez, presenta en este acto original y copia del Instrumento Poder en donde consta su representación; a los fines de que previa constatación con su original y posterior certificación sea agregado a los autos en el Expediente Nº UP11-L-2005-000136. Se deja expresa constancia de ello, que la parte demandante, Ciudadano RIGOBERTO MONTERREY, así como la Procuradora Especial de Trabajadores en el Estado Yaracuy, abogada RUBMARLY AGUILAR BETHENCOURT, suficientemente identificados en autos, no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el Articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y UNA VEZ DEFINITIVAMENTE FIRME ESTA DECISIÓN, ORDENESE EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Certifíquese el Poder y agréguese a los Autos. Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, siendo las11:00 a.m. del mismo día; previo pronunciamiento oral de la presente decisión.-
El Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy,

Abg. DANIEL ROMÁN CONTRERAS

El Representante de la O.N.G

Los Abogados Asistentes


La Apoderada del INVITY


La Secretaria

Mirbelis Almea