REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 13 de junio de 2005
Años 195° y 146°

Vista la solicitud recibida en fecha 17 de marzo de 2005, formulada por la ciudadana Dayanna Hildegartt Sanoja Montilla, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.264.465, con domicilio en la Av. 2 con calle, edificio Caribe, piso 3, apartamento 3-2, municipio San Felipe, Estado Yaracuy, mediante la cual solicita AUTORIZACION para tramitar PASAPORTE de su hija identidad omitida, de nueve (09) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.001.490, ante la ONIDEX y pueda viajar con ella, a la ciudad de Orlando, estado Florida de los Estados Unidos de Norte América, por cuanto su padre reside en ese país. Vista la partida de nacimiento de la niña de autos, cursante al folio 6 del expediente, la Boleta de Notificación debidamente firmada por la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial que corre inserta al folio 10 del expediente, oída la opinión de la niña que consta al folio 32 del presente expediente, así como la autorizaron del padre, ciudadano Maximiliano Rojas Castro, cursante a los folios 37 y 38 del expediente. Es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA conceder autorización a la ciudadana Dayanna Hildegartt Sanoja Montilla, ya identificada en autos, para que trámite el PASAPORTE de su hija identidad omitida, ante la ONIDEX, y en consecuencia, viaje con ella a la ciudad de Orlando, estado Florida de los Estados Unidos de Norte América, por cuanto su padre reside en ese país. Expídase por secretaria a la solicitante, copia certificada de la presente autorización para que surta sus efectos legales. Cúmplase.

La Juez,

Abg. Emir Morr Núñez.
La Secretaria Accidental,

Abg. Adiby Abdel.






Exp. Solicitud N° 1068/05
EMN/aa/ajg.-