REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion de San Felipe
San Felipe, 15 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : UL01-P-1999-000250
ASUNTO : UL01-P-1999-000250

ACTUALIZACION DE COMPUTOS

Dando cumplimiento a lo previsto en el Artículo 472 numeral 2° en concordancia con el artículo 475 del Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 25 de Agosto de 2000, éste Tribunal procede a actualizar el cómputo de la pena a FRACIER BENIGNO SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.653.199, quien fue capturado en fecha 09 de Marzo de 2005, contra quien cursaba REQUISTORIA de fecha 06 de FEBRERO del 2004, por EL DELITO DE QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA, de la siguiente manera:

PRIMERO: Consta al folio 218 del Dossier, que al penadoFRACIER BENIGNO SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.653.199, le fue practicada Ejecución de Sentencia y Cómputos , de fecha 06 de Junio del año 1994, de sentencia definitiva dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripció Judicial del Estado Yaracuy, en donde condeno al ciudadano: FRACIER BENIGNO SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.653.199, a cumplir la pena de NUEVE (9) AÑOS, ONCE (11) MESES, TRES(3)DIAS, TRES(3)HORAS, de presidio, por el delito de VIOLACION previsto y sancionado en el Artículo 375 del Código Penal.

SEGUNDO: Para el día 06 de Junio de 2000, el condenado: FRACIER BENIGNO SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.653.199, había cumplido un pena de UN AÑO, OCHO MESES Y CUATRO DIAS.


TERCERO: Al folio N°395 del expediente riela OFICIO N° 128 de fecha 29 de Enero de 2001, en donde se deja constancia que el peenado: FRACIER BENIGNO SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.653.199, cumplió con el régimen de presentaciones por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Carabobo, hasta el día 11 de Febrero del 2000, lo que nos indica que hasta esa fecha el penado había cumplido un total de SIETE AÑOS, CUATRO MESES Y SEIS DIAS. Siéndole aplicable el Código Orgánico Procesal Penal, vigente para la fecha en que ocurrió el hecho, G.O. N° 37.022, del 25-08-2000, por ser sus disposiciones más benigna para el penado.

CUARTO: Al Folio 425 del Dossier, cursa requisitoria de fecha 06-02-2004; en contra del Ciudadano: FRACIER BENIGNO SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.653.199, por el delito de Quebrantamiento de Condena.

QUINTO: Cursa al folio 456 del asunto, Oficio N°218-05, de fecha 10 de Marzo de 2005, en donde informan que el penado FRACIER BENIGNO SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.653.199, fue capturado e ingresado al Internado el día 06 de Marzo de 2005.

SEXTO: A la fecha de hoy (15-MARZO-2005)el penado antes mencionado, tiene privado de libertad: SIETE AÑOS; CUATRO MESES Y DOCE DIAS. Faltándole por cumplir faltándole por cumplir DOS (2) AÑOS, SEIS (6) MESES, Y SIETE (7) DIAS, de presidio, los cuales se cumplen en fecha, 22-SEPTIEMBRE -2007 a las TRES de la madrugada. Quedando así actualizado el cómputo de la pena. Pudiendo optar al Beneficio de Confinamiento, desde la presente fecha, conforme a lo previsto en los Artículo 20, 52 y 53 del Código Penal. NOTIFIQUESE A LAS PARTES. OFICIESE al Director del Internado Judicial. CUMPLASE.

El Juez de Ejecución
Abg. Darío Suárez Jiménez


La Secretaria
Abg. Diosa Rivas