REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VANEZUELA


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY
CORTE DE APELACIONES



San Felipe, 30 de mayo de 2005
Años: 195° y 146°


Asunto Principal: UP01-O-2005-000006
Asunto Corte: UGO1-X-2005-000017
Motivo: Incidencia de Inhibición
Abg. Esmeralda Ramböck
Accionante (s): Idelfonzo Rodríguez
Procedencia: Tribunal de Ejecución N° 1
Ponente: Abg. Elsy Leonor Cañizales


Vista la inhibición presentada por la Abogada ESMERALDA RAMBOCK, en su carácter de Juez Superior de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el asunto UP01-O-2005-00006, Amparo Constitucional intentado por ILDEFONSO RODRÍGUEZ y otros, se procede a resolver dicha inhibición, de conformidad con el encabezamiento del artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para lo cual se formulan las siguientes consideraciones:

La Juez inhibida invoca la causal 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, y alega que:


“Revisadas las actuaciones que cursan a lo largo del presente dossier signado UP01-0-2005-00006, pude apreciar que me inhibí de conocer el asunto principal signado UP01-P-2003-00145, cuando me desempeñaba como Juez de Control N° 1, en fecha 22-03-04, siendo declarada con lugar dicha inhibición en fecha 13-04-04 por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en consecuencia, al momento de tomar alguna decisión respecto a la presente inhibición, mi imparcialidad y objetividad se pueden ver comprometidas”,

Al respecto se observa que, indudablemente, la situación descrita por la funcionaria inhibida, constituye una circunstancia grave, que afecta su capacidad subjetiva para conocer del asunto sometido a su consideración y le impide decidir con imparcialidad y objetividad. En consecuencia, su inhibición se encuentra justificada, por encuadrar la situación de hecho planteada, en la causal alegada.

DECISIÓN

Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Juez Superior ESMERALDA RAMBOCK, en el asunto UP01-O-2005-00006, Amparo Constitucional intentado por ILDEFONSO RODRÍGUEZ y otros. Notifíquese a la Juez inhibida. De conformidad con el primer aparte del artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ordena convocar al Suplente que corresponda según el orden establecido en el listado respectivo. Líbrese Boleta de Convocatoria.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en San Felipe a los treinta días del mes de mayo del años dos mil cinco (2005). Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.





Abg. Elsy Leonor Cañizales Lomelli
Juez Superior
Ponente


Abg. Alicia Olivares
Secretaria


luzmery