REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 28 de Noviembre de 2005
AÑOS: 195° Y 146°


Visto el escrito presentado por la ciudadana Odelys Sujey Arevalo Oliveros, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.095.016, domiciliada en la Nirgua, estado Yaracuy, asistida por la Abogado Mary Degel García, Inpreabogado Nº 74.135, actuando en nombre y representación de sus hermanos identidad omitida, mediante la cual solicita se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de su padre el ciudadano WUILLIAMS ANTONIO AREVALO SEQUERA. Vista las actas de nacimientos de los niños identidad omitida, y de los ciudadanos WUILLIAMS ROLANDO y WINDY EDYMAL AREVALO HERNANDEZ, que rielan a los folios desde el 6 al 9; Vista el acta de defunción del ciudadano WUILLIAMS ANTONIO AREVALO SEQUERA que cursa al folio 4; así como las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos MIGUEL ANGEL FERNANDEZ CENTENO y CESAR ANTONIO QUINTERO PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.588.630 y 12.279.742 respectivamente, que rielan a los folios 16 y 17 del presente expediente; este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, a los Ciudadanos ODELYS SUJEY AREVALO OLIVARES, WUILLIAMS ROLANDO AREVALO HERNANDEZ, WINDY EDYMAL AREVALO HERNANDEZ, y a los niños identidad omitida, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano WUILLIAMS ANTONIO AREVALO SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 7.516.815, fallecido ab-intestato en fecha 09-05-2005 sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.
Devuélvanse originales con sus resultas a la interesada, y déjese copia fotostática en el archivo de este Tribunal. Asimismo se acuerda expedir copias certificadas del presente titulo.

La Juez,


Abg. Emir Jandume Morr Nuñez
La Secretaria,

Abg. Adiby Abdel


En la misma fecha se tomó razón y se cumplió con lo ordenado. Entréguese original a la solicitante.

La Secretaria,


Abg. Adiby Abdel








Sol. Nro. 1186/05
EJMN.aa.sa.-