REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 24 de Octubre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-002128
ASUNTO : UP01-P-2005-002128
JUEZ DE CONTROL N° 1: ABOG. GLORIA C. TORRELLAS A.
FISCAL: ABOG. JUAN CARLOS VILORIA.
IMPUTADO: FRANKLIN YUNIOR GUTIERREZ ESCALANTE
VICTIMA: OMAR ANTONIO CAURO
SOLICITUD: SOBRESEIMIENTO.
DELITO: LESIONES PERSONALES CULPOSAS LEVES.
Visto el contenido del escrito presentado por la Fiscal Tercero del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial, Abogado Juan Carlos Viloria en el mismo solicita el Sobreseimiento en el presente Asunto, seguido en contra del imputado FRANKLIN YUNIOR GUTIERREZ ESCALANTE, titular de la cedula de identidad N° 4480306 y residenciado en Casa sin número, caserío El Pícure, Municipio Urachiche, Edo. Yaracuy, de conformidad a lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de Lesiones culposas Leves, previstas y sancionadas en el articulo 422 ordinal 1°, en concordancia con el articulo 418 del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos OMAR ANTONIO CAURO, titular de la cedula de identidad N° 4480306 y residenciado Carrera 14 entre 20 y 21, casa N° 20-78 Yaritagua, Edo. Yaracuy.
Este Tribunal para decidir observa lo siguiente:
Se inicia el presente Asunto en fecha 10-07-2000, según consta en Acta Policial, Servicio Autónomo de Transporte y Transito Terrestre de la Dirección de vigilancia, Unidad Estatal N° 52 Yaracuy, se deja constancia de un accidente de transito de los de tipo colisión con lesionados.
Inserto al folio catorce (14) de fecha 14-07-2000, consta reconocimiento medico forense realizado a OMAR ANTONIO CAURO, suscrito por el medico forense José Younes Yunes, y Pablo Leisse, cuyo diagnostico es el siguiente: traumatismo simple de tórax, asistencia medica hospitalaria 01 día, asistencia medica ambulatoria e incapacidad hasta la curación.
DISPOSITIVA
Al revisar el presente Asunto Penal se determina que el hecho ocurrió el día 10-07-2000, que el delito se encuentra tipificado en los artículos 422 ordinal 1° en relación con el articulo 418 del Código Penal venezolano vigente, estableciendo como pena arresto de cinco (05) a cuarenta y cinco (45) días, siendo que la prescripción aplicable con relación al presente delito, es la del articulo 108 ordinal 5° ejusdem, que es por un (01) año, lo que constituye causa suficiente para que proceda la extinción de la acción penal, siendo que de conformidad con el articulo 318 ordinal 3° ejusdem, se evidencia de esta manera, que la acción penal se encuentra prescrita y por lo tanto extinguida, razones por las cuales ésta Juez de Control N° 1 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el articulo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del presente Asunto a favor del imputado FRANKLIN YUNIOR GUTIERREZ ESCALANTE, por el delito de Lesiones culposas Leves, previsto y sancionado en los artículos 422 ordinal 1°, en relación con el articulo 418 del Código Penal venezolano, en perjuicio de OMAR CAURO. Notifíquese de la publicación de la presente decisión a las partes. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 1,
Abog. Gloria C. Torrellas A.
La Secretaria,
Abog. Cecilia Zerpa
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