REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion de San Felipe
San Felipe, 6 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : UL01-P-1999-000141
ASUNTO : UL01-P-1999-000141

Dada la aprehensión del penado ANGELO RAMON ORTEGA HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 15.484.193; con ocasión a la Requisitoria librada por este tribunal, en consecuencia procediendo de conformidad con el artículo 475 del derogado Código Orgánico Procesal Penal ACTUALIZA el computo de la siguiente manera, a fin de determinar el beneficio que le corresponde: PRIMERO: El penado ANGELO RAMON ORTEGA HERNANDEZ, en fecha 13/10/98 fue condenado por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS, OCHO (8) MESES, DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL Y LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 407, 415 y 417 del Código Penal. Consta en autos que el referido penado fue detenido la primera vez en fecha 31/08/97 hasta el 08/09/2000 cuando se evade del Centro de Tratamiento Comunitario; en fecha 09/03/2001 se le revoca el beneficio de Establecimiento Abierto y se libra requisitoria, el 24/09/2005 es aprehendido nuevamente la presente fecha (06/10/05); por lo que se infiere que llevaba detenido TRES (3) AÑOS, VEINTE (20) DIAS; mas una redención realizada el 17/03/2000, donde se le redimieron UN (1) AÑO, DIECISEIS (16) DIAS. SEGUNDO: En vista de lo anterior se le computa como tiempo de detención CUATRO (4) AÑOS, UN (1) MES, SEIS (6) DIAS; faltándole por cumplir de la pena impuesta CUATRO (4) AÑOS, SIETE (7) MESES, CUATRO (4) DIAS, la cual vence el 10/05/2010 a las 12:00 pm. Por otra parte se evidencia que el referido penado podrá optar al beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplir 2/3 partes de la pena (5 años, 9 meses, 16 días, 16 horas) es decir el 16/06/2007 a las 4:00 pm; CONFINAMIENTO al cumplir ¾ partes de la pena (6 años, 6 meses, 7 días, 12 horas) es decir el 07/03/2008 a las 12 del medio día. Queda así Actualizado el cómputo de pena del penado ANGELO RAMON ORTEGA HERNANDEZ, de conformidad con el artículo 475 del derogado Código Orgánico Procesal Penal. Notifiquese a las partes, al penado. Remítase copia de la presente Actualización de Cómputo a la Consultora Jurídica del Internado Judicial. Fíjese Audiencia para el Lunes 10/10/2005 a las 9:30 am. Cúmplase.

La Juez de Ejecución N° 1

El Secretario
Abog. Alcy Mayte Viñales
Abog. Julibeth Paz