REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion de San Felipe
San Felipe, 6 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : UJ01-P-2002-000052
ASUNTO : UJ01-P-2002-000052


Visto el escrito suscrito por el penado JHONNY ENRIQUE GUILLEN MONJES, donde solicita se actualice su cómputo, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: El penado JHONNY ENRIQUE GUILLEN MONJES, fue condenado por el Tribunal de Juicio N° 3 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 07 de Enero del 2004 a cumplir la pena de de Quince (15) Años de Presidio.
SEGUNDO: Consta en autos que el penado fue detenido en fecha 29/01/2002 hasta la presente fecha 06/10/2005, estando en consecuencia detenido Tres (3) Años Ocho (8) Meses Siete (7) Días. Faltándole por cumplir de la pena impuesta Once (11) Años Tres (3) Meses Veinte y Tres (23) Días de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Así mismo se le notifica que podrá optar por cualquiera de las fórmulas alternativa de cumplimiento de la pena a partir de las siguientes fechas: Destacamento de Trabajo: 29/10/2005, Régimen Abierto: 29/01/2007, Libertad Condicional: 29/01/2012 y del Confinamiento: 29/04/2013, finalizando su Condena en fecha 29/01/2017.
Queda así actualizado el cómputo de pena del penado JHONNY ENRIQUE GUILLEN MONJES, titular de la Cédula de identidad N° 15.482.516. Notifíquese la presente resolución al penado, Fiscal del Ministerio Público y a su Defensor. Cúmplase.

Abg. Jenny Andaluz Affigne
Juez de Ejecución N° 2
Abg. Julibeth Paz
Secretaria