REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
San Felipe, 03 de Octubre de Dos Mil Cinco
195º y 146º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2005-000173
PARTES DEMANDANTES: JUAN B. CHANG M., FRANCISCO A. GAVIDIA., MARIA DEL CARMEN MENDEZ., ALEXIS GERARDO MELENDEZ., EUIDES R. ROJAS., FRANCISCO R. ROJAS., HILARIO ROJAS., LUISA A. VELASQUEZ T., BEATRIZ C. CAMACHO., EMMA DEL CARMEN ESCALONA C., KARLA M. SIVIRA M., CARMEN I. HERNANDEZ R., HENRY A. ALVARADO D., ROSA E. MONTERO H., FRANCISCO A. LOPEZ P., ISABEL M. MARCA U., ABIGAIL S. SOTO D., FRANCISCO A. ALVARADO Y LUIS ALFREDO AGUILAR A.
REPRESENTADOS POR: Abgs. SELENE NIEVES y
DOUGLAS J. PAEZ.
PARTE DEMANDADA: MOSQUERA G. & GUTIERREZ S.R.L
EN LA PERSONA DE: El ciudadano. ALFREDO AGUSTIN MOSQUERA
GUEDEZ.
REPRESENTADO POR: Abgs. CARMEN M. MOSQUERA R. MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (BENEFICIOS
DE PROVISIONES DE ALIMENTOS Y SALARIO
MÌNIMO DECRETADO)
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los TRES (03) días del mes de Octubre de 2005, siendo las 11:00 AM., oportunidad fijada para la Audiencia Preliminar prolongada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cumplimiento de Contrato ( Beneficios de Provisiones de Alimentos y Salario Mínimo Decretado), incoada por los ciudadanos: JUAN B. CHANG M., FRANCISCO A. GAVIDIA., MARIA DEL CARMEN MENDEZ., ALEXIS GERARDO MELENDEZ., EUIDES R. ROJAS., FRANCISCO R. ROJAS., HILARIO ROJAS., LUISA A. VELASQUEZ T., BEATRIZ C. CAMACHO., EMMA DEL CARMEN ESCALONA C., KARLA M. SIVIRA M., CARMEN I. HERNANDEZ R., HENRY A. ALVARADO D., ROSA E. MONTERO H., FRANCISCO A. LOPEZ P., ISABEL M. MARCA U., ABIGAIL S. SOTO D., FRANCISCO A. ALVARADO Y LUIS ALFREDO AGUILAR A.- , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 4.723.076, Nº 825.011, Nº 5.461.576, Nº 7.554.010, Nº 4.127.750, Nº 7.905.370, Nº 4.965.676, Nº 12.082.512, Nº 5.598.699, Nº 7.594.279, Nº 13.796.763, Nº 7.909.844, Nº 7.907.911, Nº 7.581.460, Nº 2.573.214, 81.465.424, Nº 7.836.828, Nº 7.511.779 y Nº 7.508.231, representado por los abogados, SELENE COROMOTO NIEVES HERNANDEZ y DOUGLAS J. PAEZ S, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nº 67.875 y 90.234 respectivamente, CONTRA la Empresa MOSQUERA G. & GUTIERREZ S.R.L, en la persona del ciudadano ALFREDO AGUSTIN MOSQUERA GUEDEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 404.722, representado por la Abg. CARMEN MERCEDES MOSQUERA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.317.576, inscrita en el INPREABOGADO bajo los Nº 67.930, conforme a la causa Nº UP11-2005-000173, de la nomenclatura interna de este Tribunal, presentes en este acto ambas partes, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por el Abogado CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ, Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; e igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. Este Tribunal por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la solución del conflicto planteado, PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día: JUEVES 03 DE NOVIEMBRE DE 2005, a las: ONCE (11:00 AM), de la mañana, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarreará las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Ambas partes de mutuo acuerdo convienen un lapso de espera de 15 minutos. Se prolonga esta audiencia para esta fecha por estar fijadas otras audiencias los días anteriores.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los TRES (03) días del Mes de Octubre de dos mil cinco (2005). Siendo las: 11:30 AM. de la mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación,
Mediación y Ejecución,
Abg. CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ
Parte demandada.
MOSQUERA G. & GUTIERREZ. S.R.L
Parte demandante: Representada Por:
Representados Por:
Parte demandante:
Abg. CARMEN MOSQUERA
Representados Por:
Abg. SELENE NIEVES
Abg. DOUGLAS J. PAEZ.
La Secretaria:
Abg. GRECIA VERASTEGUI
UP11-L2005-000173-oswaldoliscano.-
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