REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
194° Y 146°

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2005-000126
PARTE DEMANDANTE: OYALVE RODRIGUEZ ARGENIS ELIAS.
REPRESENTADO POR: Abgs. SINAHI RODRIGUEZ Y MARIELA PIÑERO.
PARTE DEMANDADA: FINCA LAS ACACIAS, en la persona de
JOSE RODRIGUEZ.
REPRESENTADO POR: Abg. ANTONIO SILVA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los VEINTIOCHO (28) días del mes de OCTUBRE de 2005, siendo las 09:00 AM., oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar y el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: OYALVE RODRIGUEZ ARGENIS ELIAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº. V- 20.177.960, respectivamente, de éste domicilio, representado en este acto por las Abogadas en ejercicio: SINAHI RODRIGUEZ Y MARIELA PIÑERO, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros V- 13.984.788, 11.270.572, e inscritas en los INPREABOGADOS bajo los Nros. 95.851, 108.417, respectivamente, ambas de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos, CONTRA: FINCA LAS ACACIAS en la persona del ciudadano: JOSE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.494.196, de este domicilio, representado en este acto por el Abogado en ejercicio: ANTONIO SILVA, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº V- 2.103.735, e inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 70.42, de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos, conforme a la causa Nº UP11-L-2005-000126, de la nomenclatura interna de este Tribunal; Presente en este acto ambas partes y establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de esta Audiencia, se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogada ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ, Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo. En este estado este Tribunal deja constancia que por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por consiguiente se PROLONGA dicha Audiencia Preliminar para día MIERCOLES NUEVE (09) DE NOVIEMBRE A LAS NUEVE (09:00 AM). Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Ambas partes de mutuo y común acuerdo establecen un lapso de espera de quince (15) minutos. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. En este estado este Tribunal deja constancia que el Actor representado en este acto por sus Apoderadas, consignaron su escrito de pruebas y medios probatorios constantes de Un (01) folio útil con anexo marcado: “A”. Así mismo el Tribunal deja constancia que el Apoderado de la parte demandada consigno su escrito de pruebas y medios probatorios constantes de Un (01) folio útil.
Se hacen tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los VEINTIOCHO (28) días del mes de OCTUBRE de Dos Mil Cinco (2005). Siendo las (09:30) AM. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.


Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ

La Parte Demandante: La Parte Demandada:
FINCA LAS ACACIAS
OYALVE ARGENIS E.


Representada por: Representado por:

Abg. ANTONIO SILVA.
Abg. SINAHI RODRIGUEZ
Abg. MARIELA PIÑERO.


La Secretaria

Abg. GRECIA VERASTEGUI.