REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
195° Y 146°
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UH11-L-2004-000006
PARTE DEMANDANTE: PEDRO CARUPE
REPRESENTADO POR: Abg. DARIELA RUSSIAN CAMACHO
PARTE DEMANDADA: EL MUNICIPIO AUTONOMO NIRGUA
DEL ESTADO YARACUY
EN LA PERSONA DE: MIGUEL JOSE CESAR SANCHEZ
REPRESENTADO POR: Abg. MARCO TULIO RAMIREZ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los CINCO (05) días del mes de Octubre de 2005, siendo las: 9:00 AM., oportunidad fijada para la Prolongación de la Audiencia Preliminar y continúe el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano: PEDRO CARUPE, quién es venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº.8.519.682, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderada Judicial Abg. DARIELA RUSSIAN CAMACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº: 6.463.721, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº: 27.351, domiciliada en la población de Bejuma del Estado Carabobo, actuando con su carácter acreditado en autos, CONTRA: el MUNICIPIO AUTONOMO NIRGUA DEL ESTADO YARACUY, en la persona del ciudadano: MIGUEL JOSE CESAR SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº: 7.912.537, actuando en su condición de Alcalde del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, representado en este acto por el Abogado en ejercicio: MARCO TULIO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 15.108.114 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº:106.159, de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos, se deja constancia la comparecencia de ciudadana: Lic. SOLIMAR OZUNA, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.813.682, en su condición de Jefe de Personal del Ente Accionado, conforme a la causa N° UH11-L-2004-000006 de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presente en este acto ambas partes y establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogada ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo e igualmente porque las partes han solicitado la Suspensión de la Audiencia. En consecuencia este Tribunal por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado y en virtud a la suspensión solicitada por las partes, por consiguiente se SUSPENDE esta Audiencia Preliminar hasta el día LUNES 17-10-2005, procediendo a fijar la suspensión solicitada por las partes de la Audiencia Preliminar Suspendida, para el día MARTES 18-10-2005, a las 9:00 AM. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarreará las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Ambas partes de mutuo acuerdo establecen un lapso de espera de 15 minutos. Se SUSPENDE esta Audiencia para esta fecha por estar fijadas otras audiencias los días anteriores.
Se hacen TRES ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los CINCO (05) días del mes de Octubre de dos mil cinco (2005). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:00 AM de la Mañana.
La Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ
La Parte Demandante: La Parte Demandada:
Representado por:
MUNICIPIO NIRGUA DEL ESTADO YARACUY
Representado por:
Representado por:
Abg. DARIELA C. RUSSIAN C. Lic. SOLIMAR OSUNA
Jefe de Personal del Municipio Nirgua
Abg. MARCO TULIO RAMIREZ F.
La Secretaria,
Abg. GRECIA VERASTEGUI
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