REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
San Felipe, 30 de Septiembre de Dos Mil Cinco
195º y 146º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2005-000071
PARTE DEMANDANTE: ROSA AMELIA MARTINEZ
REPRESENTADA POR: Abg. ZAFIRO NAVAS
PARTE DEMANDADA: OPERADORA 2011, C.A. (en la persona de: Adriana C. Martines de BerardinellI) Y RADIO ALEGRIA, C.A. O RADIO CHIVACOA, C.A. (en la persona de Adriana C. Martínez de BerardinellI)
REPRESENTADO POR: Abg. LUIS E. DOMINGUEZ
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los TREINTA (30) días del mes de Septiembre de 2005, siendo las 11:00 AM., oportunidad fijada para la Audiencia Preliminar y el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por la ciudadana: MARIA AMELIA MARTINEZ, quién es venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº 5.422.974, de este domicilio, representada por la abogada en ejercicio, ZAFIRO NAVAS, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cedula de Identidad Nº. 7.513.976 inscrita en el IPSA, bajo el Nº. 24.555, CONTRA OPERADORA 2011, C.A. ( en La persona de: ADRIANA C. MARTINEZ DE BERARDINELLI) Y RADIO ALEGRIA, C.A. O RADIO CHIVACOA, C.A. (en la persona de: ADRIANA C. MARTINEZ DE BERARDINELLI), venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.813.180 conforme a la causa Nº UP11-2005-000071, de la nomenclatura interna de este Tribunal; representada por el Abg. LUIS DOMINGUEZ., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº. 4.972.225, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 20.918, presentes en este acto ambas partes, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por el Abogado CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ, Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; e igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. Este Tribunal por cuanto considera que no se ha agotado el debate para le resolución del conflicto planteado, PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día JUEVES 13-10-2005 a las 3:00 (PM) de la tarde. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarreará las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Ambas partes de mutuo acuerdo convienen un lapso de espera de 15 minutos. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias los días anteriores. En este estado este Tribunal deja constancia que la parte demandante consigno escrito de pruebas constante de DOS (02) folios y TRECE (13) anexos y el abogado de la parte demandada consignó escrito de pruebas constante de UN (01) folio sin anexos Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los TREINTA (30) días del Mes de Septiembre de dos mil cinco (2005). Siendo las 12:00 (M) de la mañana.
Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación,
Mediación y Ejecución,

Abg. CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ


Por la parte demandante parte demandada.
ROSA AMELIA MARTINEZ OPERADORA 2011, C.A.
(en la persona de: ADRIANA MARTINEZ DE BERARDINELLY)

RADIO ALEGRIA O RADIO CHIVACOA, C.A.
Representada Por: (en la persona de: ADRIANA MARTINEZ DE BERARDINELLI)

Representado Por:

Abg. LUIS DOMINGUEZ
Abg. ZAFIRO NAVAS
La Secretaria:


Abg. GRECIA VERASTEGUI