REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.-
Nirgua, Cuatro de Abril del año Dos Mil Seis.-
195º y 147º

Por cuanto de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que los ciudadanos: ERIKA NAIRETH PIEDRA NATERA y NIESO REINALDO LEON VILLANUEVA, venezolanos, titulares de las Cédula de Identidad Nros V.-12.284.736 y V-10.858.943, han llegado a un amistoso convenimiento ante este Tribunal en cuanto a la presente solicitud a favor de los niños (Identificación Reservada), donde el padre se compromete a pasarle semanalmente la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo), a partir del día Lunes 10/04/06, cantidad esta que le hará entrega personalmente a la demandante de autos, a favor de los niños antes referidos, por concepto de OBLIGACION ALIMENTARIA; igualmente se comprometió a contribuir con el Cincuenta Por Ciento (50%) de todo los gastos de útiles escolares, uniformes, calzados, vestidos, atención médica y medicina, cultura, recreación y deporte, cuando sea necesario y los gastos extra de Navidad en el mes de Diciembre de cada año, ya que los gastos son compartidos por ambos padres; es todo.- Acuerdo aceptado por la ciudadana: ERIKA RAIRETH PIEDRA NATERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 12.284.736; y no siendo dicho convenimiento contrario a derecho ni a ninguna norma legal expresa es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y Por Autoridad de la Ley ACUERDA: HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.-
Publíquese y Regístrese y Déjese Copia Certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nirgua, a los Cuatro (04) días del mes de Abril del año Dos Mil Seis.- Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.-
EL JUEZ,


Abg. Iván Palencia Arias.-


LA SECRETARIA, Titular


Abg. Mélida Rodríguez.-



En esta misma fecha y siendo las 10:15 a.m., se publicó la anterior Decisión.-


La Secretaria, Titular.-