ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-001491
ASUNTO : UP01-P-2005-001491
JUEZA: Abg. María Corona
DEFENSORIA: Defensora Privada Abg Laura Garcia
FISCALIA Fiscal Noveno Encargado del Ministerio Público
ACUSADOS: Barcello Nieves, Yosnaidy Yesmay, Urdaneta Teo
Alexander, Herrera Núñez Wilson Alfonso y Guedez
Thaniel Alfredo
VICTIMA: Augusto Gregorio Gutiérrez
DELITO: Tentativa de Robo de Vehículo Automotor, y
Lesiones Personales Leves
SECRETARIA: Abg. Anna Ibarra

Visto que en fecha 10 de Marzo de 2.006, el Tribunal de Juicio N° 1 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Publica los Fundamentos de la Sentencia Condenatoria, quedando la misma Definitivamente Firme en fecha 20-04-06, mediante la cual declaró responsable penalmente a los adolescentes: Barcello Nieves, Yosnaidy Yesmay: venezolana de 16 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° 19.063.771, natural de Caracas, Distrito Capital y residenciada en la calle 11 entre 5ta y 6ta avenida Apartamento 04, San Felipe Estado Yaracuy, Urdaneta Teo Alexander: Venezolano, de 15 años de edad, titular de la cédula de Identidad N°: 19.508.179, natural de Caracas, Distrito Capital y residenciado en el kilómetro 8 del Junquito, Callejón Sucre, casa N° 24, Caracas Distrito Capital. Herrera Núñez Wilson Alfonso: Venezolano, de 16 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 20.870.068, natural de Maturín de Estado Monagas y residenciado en El Junquito, Kilómetro 8, calle Libertador, Casa S/N° Caracas Distrito Capital y Guedez Thaniel Alfredo: Venezolano, de 15 años de edad,



titular de la Cédula de Identidad N° 18.677.936, natural de Caracas Distrito Capital, y residenciado en el Junquito, Kilómetro 8, callejón Sucre, casa S/N°, Caracas Distrito Capital. por la comisión de los delitos de Tentativa de Robo de Vehículo Automotor, y Lesiones Personales Leves, previsto en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, y el artículo 416 del Código Penal respectivamente, en agravio del ciudadano Gutiérrez Rojas Augusto Gregorio.
CAPITULO I
DE LAS SANCIONES

En la Sentencia a Ejecutar se impuso a los adolescentes Barcello Nieves, Yosnaidy Yesmay, Urdaneta Teo Alexander, Herrera Núñez Wilson Alfonso y Guedez Thaniel Alfredo como sanciones: 1.- REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de Un (1) año, prevista en el artículo 620 literal b), en concordancia con el articulo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de Un (01) año, las cuales son del siguiente tenor: A.- Prohibición de concurrir a lugares donde expendan bebidas Alcohólicas o Sustancias Estupefacientes o Psicotrópicas. B.- No molestar a las victimas. C:_ Además de las antes mencionadas, a los adolescentes Urdaneta Teo, Herrera Wilson y Guedez Thaniel, se les incorpora la escolaridad formal o buscar una Educación Alterna, con la obligación de consignar las notas certificadas cada período de culminación de semestre o lapso. 2.- Asimismo se les sanciona con LIBERTAD ASISTIDA: Por el lapso de Dos (02) Años, de conformidad con lo establecido en el artículo 620 literal d), en concordancia con el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y cuyas sanciones se cumplirán de forma simultanea.

CAPITULO II
DE LA EJECUTORIEDAD

Este Juzgado de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los fines dar cumplimiento con lo establecido en los artículos



646 y 647 de la antes mencionada Ley Especial que rige la materia y que nos ocupa, procede a la Ejecución Inmediata de las Sanciones de: 1.- REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, impuesta a los adolescentes Barcello Nieves, Yosnaidy Yesmay, Urdaneta Teo Alexander, Herrera Núñez Wilson Alfonso y Guedez Thaniel Alfredo, así como determinar el tiempo y forma de las sanciones, se les indica todas a las partes, el objetivo de la ejecución de las medidas, de conformidad con el articulo 629 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de igual manera se les especifica a los adolescentes sobre sus derechos y advierte sobre las consecuencias del no cumplimiento con sus deberes, de conformidad con los artículos 630, 643 ejusdem., así como se procede a la designación de los funcionarios que se encargaran del seguimiento del cumplimiento de las correspondiente sanciones.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto y en base a la normativa señalada, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción del Estado Yaracuy, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Procede conforme a la ley a EJECUTAR LA SENTENCIA CONDENATORIA en contra de los adolescentes Barcello Nieves, Yosnaidy Yesmay, Urdaneta Teo Alexander, Herrera Núñez Wilson Alfonso y Guedez Thaniel Alfredo, antes identificados, en los siguientes términos. PRIMERO: El cumplimiento de la Sanción de REGLAS DE CONDUCTA, las cuales son del tenor antes especificado, por el lapso de Un (01) año y la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de Dos (02) años, en forma Simultanea, de conformidad con los artículos 624, 626 y 622 parágrafo Primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se designa al Equipo Técnico, adscrito a esta Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Estado Yaracuy, para que se encargue de la Supervisión, Asistencia y Orientación de la Sanciones impuestas por el Tribunal de Juicio N° 1 de esta misma




Sección de Adolescentes, en fecha 10-03-06. TERCERO.- Se fija Audiencia privada de Ejecución de Sentencia, para el día 31-05-06, a las 11:00 horas de la mañana.

Publíquese, Diaricese y Notifíquese a todas las partes y al Equipo Técnico Adscrito a esta Sección de Adolescentes. Líbrense las boletas y Oficio correspondiente. En el Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy. San Felipe 25 de Abril del año 2.006.

La Jueza,

Abg. María Corona
La Secretaria,

Abg. Anna Ibarra