REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy

San Felipe, 17 de Abril de Dos Mil Seis
195º y 147º

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2006-000013
PARTE DEMANDANTE: ANIBAL JOSE ALFONZO
.
REPRESENTADO POR: Abg. JOSE LUIS OJEDA.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO AUTONOMO DEL DEPORTE DEL
DEPORTE DEL ESTADO YARACUY
EN LA PERSONA DEL: Ciudadano: Prof. PEDRO GIMENEZ
REPRESENTADO POR: Abg. JOSE DE JESUS RANGEL S.
Por la: PRCOCURADURIA GENERAL DEL ESTADO
YARACUY.
Representada por: Abg. CYBELIS A. FIGUEROA ORDOÑEZ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Diecisiete (17) días del mes de Abril de 2006, siendo las 11:00 AM., oportunidad fijada para la Audiencia Preliminar y el proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: ANIBAL JOSE ALFONZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.963.507, representado por el abogado, JOSE LUIS OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.271.747, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 95.594, Contra: EL INSTITUTO AUTONOMO DEL DEPORTE DEL ESTADO YARACUY, en la persona del ciudadano: Prof. PEDRO GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.456.712, representado por el Abg. JOSE DE JESUS RANGEL S, venezolano, mayor de edad, titular de las Cedula de Identidad Nº 7.584.654, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 110.813, quien consignó poder en original y copia para ser certificado y demostrar sus facultades en esta Audiencia, conforme a la causa Nº UP11-2006-000013, de la nomenclatura interna de este Tribunal, se deja constancia la presencia de la Abg. CYBELIS ALEXANDRA FIGUEROA ORDOÑEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 14.210.690, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 108.023, en su carácter de apoderada judicial de la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY, quien consignó poder en copia para ser certificado y demostrar sus facultades en esta Audiencia, presentes en este acto ambas partes, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por el Abogado CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ, Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; e igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. Este Tribunal por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la solución del conflicto planteado, PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día VIERNES 28-04-2006 a las 9:00 AM. Se prolonga esta audiencia para esta fecha por estar fijadas otras audiencias los días anteriores. Se deja constancia de que la parte demandante consigno en este acto escrito de pruebas constante de Dos (02) folios y Sesenta y Nueve (69) anexos marcados con los Números del 1 al 69.
Se hacen Cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los Diecisiete (17) día del Mes de Abril de dos mil seis (2006). Siendo las 11:30 de la mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación,
Mediación y Ejecución,


Abg. CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ











Parte demandada.
Parte demandante: INSTITUTO AUTONOMO DEL DEPORTE
DEL ESTADO YARACUY

Representado Por:

Representado por: Abg. JOSE DE JESUS RANGEL S.

Abg. JOSE LUIS OJEDA.
Por la Procuraduría General del Estado
Yaracuy.




Abg. CYBELIS A. FIGUEROA O.
La Secretaria Accidental:


Abg. NORAYDEE REVEROL