REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
San Felipe, once de abril de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : UP11-L-2005-000383
Vista la diligencia suscrita por la Abogada DAYANA LEAL CORDERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 89.921, en su carácter de apoderada judicial del MUNICIPIO AUTONOMO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY, por una parte y por la otra el ciudadano: JONNATHAN ALEXANDER OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.795.874, en su carácter de demandante de autos, debidamente asistido por el Abg. TOMAS SILVA VILLANUEVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6709, mediante la cual solicitan del Tribunal se sirva fijar una nueva fecha para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Prolongada fijada para el día de hoy, por cuanto las partes se encuentran en la búsqueda de una solución extrajudicial en consecuencia, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda reprogramar esta prolongación de la Audiencia Preliminar para el día MARTES (02) de mayo de 2006 a las diez de la mañana (10:00 a.m.), no se notifica a las partes por cuanto están a derecho, todo de conformidad con lo establecido por el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
El Juez,
Abg. DANIEL ALBERTO ROMÁN CONTRERAS
La Secretaria,
Abg. CHRISTABEL ACOSTA