REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
San Felipe, seis (06) de abril de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : UP11-L-2006-000007
Vista la diligencia que antecede, cursante al folio 40 del presente asunto, suscrita en esta misma fecha por el Abg. GILBERTO CORONA RAMIREZ, Inpreabogado Nro. 65.407, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante y por la Abogada en ejercicio CARMEN CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 113.870, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada Instituto Autónomo para el Desarrollo Social del Estado Yaracuy (FUNDESOY), en la cual solicitan del Tribunal se sirva diferir la Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy a las 9:00 a.m., por cuanto las partes se encuentran en la búsqueda de una solución extrajudicial en consecuencia, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda diferir la celebración de la Audiencia Preliminar para el día viernes cinco (05) de Mayo de 2006, a las 9:00 a.m. no se notifica a las partes por cuanto están a derecho.

El Juez,


Abg. DANIEL ALBERTO ROMAN CONTRERAS
LA SECRETARIA,



Abg. MIRBELIS ALMEA