REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
196° Y 147°
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2006-000157
PARTE DEMANDANTE: ALEXIZ RAFAEL PEREZ JIMENEZ
ASISTIDO POR: Abg. ANA CECILIA MONTEIRO PEÑA
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO PEÑA
DEL ESTADO YARACUY
REPRESENTADO POR
La Sindica Procuradora: Abg.. MAYELA JOSEFINA CORTEZ GARCIA
ASISTIDA POR: Abg. MARIA E. AMAYA V.
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los TRES (03) días del mes de AGOSTO de 2006, siendo las 2:00 PM., oportunidad fijada para la celebración de la Prolongación de Audiencia Preliminar y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Accidente de Trabajo, incoada por el ciudadano: ALEXIZ RAFAEL PEREZ JIMENEZ, quién es venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 11.269.479, domiciliado en Yaritagua, Municipio Autónomo Peña del Estado Yaracuy, asistido en este acto por la Abg. ANA CECILIA MONTEIRO PEÑA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº: 49.552, con domicilio procesal en carera 21 entre calles 8 y 9, Mini Centro La Pirámide, oficina 04, Barquisimeto, Estado Lara, CONTRA: el MUNICIPIO AUTONOMO PEÑA DEL ESTADO YARACUY, representado en este acto por la abogado MAYELA JOSEFINA CORTEZ GARCIA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.276.567, e inscrita en el inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 65.835, en su condición de Sindica Procuradora de dicho Municipio, asistida en este acto por la abogado en ejercicio MARÌA E. AMAYA V., quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.986.781, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 92.041 conforme a la causa N° UP11-L-2006-000157 de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presente en este acto ambas partes y establecidas las reglas mínimas para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por el Abogado CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ, Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. En este estado y por cuanto el Juez que preside el debate observa que las partes no se ponen de acuerdo y además por cuanto la parte demandante solicita al Tribunal se remita el presente Asunto al Juez de Juicio de esta misma Jurisdicción. Ahora bien, debido a la imposibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; se deja constancia que el Juez que preside este acto trato de mediar y conciliar las posiciones de las partes y estas comparecieron a la prolongación de la Audiencia Preliminar sin lograrse la conciliación, de conformidad con lo previsto en el articulo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia se da por concluida la Audiencia Preliminar y se incorporan en este mismo acto al expediente las pruebas promovidas por las partes (demandante-demandada), a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio. Agréguese a los autos, lo cual se cumple en este mismo acto. Se da por concluida la Audiencia Preliminar.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los Tres (03) días del Mes de Agosto de dos mil seis (2006). Siendo las: 2:30 PM. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Abg. CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ
La Parte Demandante: La Parte Demandada:
ALCALDIA DEL MUNICIPIO
PEÑA DEL ESTADO YARACUY
ALEXIZ RAFAEL PEREZ JIMENEZ
Representado por la Síndico Procurador Municipal
Asistido por:
Abg. MAYELA JOSEFINA CORTEZ GARCÌA
Abg. ANA CECILIA MONTEIRO PEÑA Asistida por:
Abg. MARIA E. AMAYA V.
La Secretaria,
Abg. GRECIA VERASTEGUI
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