REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO YARACUY
09 de agosto de 2006
196º y 147º

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2006-000212.-
PARTE DEMANDANTE: CLAUDIA VICTORINA RAMIREZ
ASISTIDO POR: Abg. JESUS HUMBERTO DELGADO MUCHACHO
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA NUEVOS HORIZONTES 0130, RL y solidariamente el INSTITUTO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DELO ESTADO YARACUY (FUNDESOY)
REPRESENTADOS POR: CRISALIDA PASTORA MENDOZA DURAN y DENNY JIMENEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; SALARIOS CAIDOS y FUERO MATERNAL

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los nueve (09) días del mes de agosto de 2006, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar y dar inicio al proceso de Conciliación y Mediación por ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; SALARIOS CAIDOS y FUERO MATERNAL, incoada por la ciudadana: CLAUDIA VICTORINA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.928.343; asistida por el abogado JESUS HUMBERTO DELGADO MUCHACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.837.278 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 82.844 en su condición de PROCURADOR ESPECIAL DE TRABAJADORES EN EL ESTADO YARACUY en CONTRA de la COOPERATIVA NUEVOS HORIZONTES 0130, RL y solidariamente el INSTITUTO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DELO ESTADO YARACUY (FUNDESOY)
en la persona de sus Representantes Legales, ciudadanas CRISALIDA PASTORA MENDOZA DURAN y DENNY JIMENEZ. Anunciada la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por el Ciudadano Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constato que para este acto se encuentra presente las partes demandadas: COOPERATIVA NUEVOS HORIZONTES 0130, RL representada por la ciudadana CRISALIDA PASTORA MENDOZA DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.510.796. Igualmente se encuentra presente la demandada solidariamente INSTITUTO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (FUNDESOY), en la persona de su Apoderada Judicial, abogada YURALY MELISIA LAYA FLORES, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.918.880 e inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 62.559, representación que consta suficientemente en autos. Igualmente se encuentra presente en este acto la PROCURADORIA GENERAL DEL ESTADO en la persona de su Apoderado Judicial, abogado AMILCAR SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.031.114 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.441, representación que igualmente consta en Instrumento Poder que se encuentra agregado a los autos. Por ultimo, se constato y se deja expresa constancia de ello, que para este acto no se encuentra presente la parte actora, ciudadana CLAUDIA VICTORINA RAMIREZ, así como sus Apoderados Judicial, todos suficientemente identificados en autos en el Expediente UP11-L-2006-000212 de la nomenclatura de este Tribunal; incompareciendo así a la realización de la Audiencia Preliminar; por lo que de conformidad con lo previsto en el Articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y UNA VEZ DEFINITIVAMENTE FIRME ESTA DECISIÓN, ORDENESE EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Dada, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, siendo las 11:45 de la mañana del mismo día; previo pronunciamiento oral de la presente decisión.-
El Juez Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.


Abg. DANIEL ROMÁN CONTRERAS


La Apoderada de la Demandada FUNDESOY


La Representante de la Cooperativa


Por la Procuraduría del Estado Yaracuy


La Secretaria

Abg. GRECIA VERASTEGUI