REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 12 de diciembre de 2006
Años 196° y 147º

En fecha 20 de noviembre de 2006, presentó escrito ante este tribunal la ciudadana Cristina De La Cruz Suárez de Vásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.897.291, con domicilio en la calle principal La Virgen, Chivacoa, municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos identidad omitida, los dos primeros mayores de edad y la última menor de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-17.051.373, V-18.980.480 y V-22.312.302 respectivamente, debidamente asistida por la abogada Yajaira Velásquez Echerry, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 97.047; y en nombre de los menores identidad omitida, hijos de la ciudadana Diolys Angélica Galíndez Hernández, mediante el cual solicita se les declare Únicos y Universales Herederos, del de cujus, ciudadano Orlando José Vásquez Serrano, quien era titular de la cédula de identidad No. V-5.759.053.

Vistos los recaudos acompañados, a saber: acta de matrimonio de los ciudadanos Orlando José Vasquez Serrano y Cristina de la Cruz Suárez, que riela al folio 3 del expediente; acta de defunción del ciudadano Orlando José Vasquez Serrano, que cursa al folio 4 del expediente; copias certificadas de las partidas de nacimiento de los hijos del mencionado ciudadano, que corren insertas a los folios 5 al 10 del expediente; copia fotostática de la cédula de identidad de la solicitante, cursante al folio 11 del expediente; Constancia de estudios de la niña Yurainis D Vásquez S. expedida por el director de la escuela Integral Bolivariana “La Virgen”, Caserío La Virgen, municipio Bruzual del Estado Yaracuy , así como las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos Berquis Coromoto Pérez Ortiz y Edgar Gregorio Pérez Ortiz, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.550.472 y V-7.582.451 respectivamente, que rielan a los folios 21 y 22 del presente expediente; este tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos Cristina De La Cruz Suárez de Vásquez, titular de la cédula de identidad No. V-6.897.291, a sus hijos identidad omitida, titulares de la cédula de identidad Nros. V-17.051.373, V-18.980.480 y V-22.312.302 respectivamente, y a los niños identidad omitida, hijos de la ciudadana Diolys Angélica Galíndez Hernández, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano Orlando José Vásquez Serrano, fallecido ab-intestato en fecha veintisiete de enero del año dos mil seis (27-1-06), quien era titular de la cédula de identidad No. V-5.759.053, sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.

Devuélvanse originales con sus resultas a la interesada y déjese copia fotostática en el archivo de este tribunal.
La Juez,

Abg. Emir Morr Núñez
La Secretaria,

Abg. Pilar Valverde
En la misma fecha se tomó razón y se cumplió con lo ordenado. Entréguese original a la solicitante.
La Secretaria,

Abg. Pilar Valverde

Exp. N° 1441/06.
EMN/pv/rv.-