República Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Años: 196º y 147º
EXPEDIENTE Nº: UP11-L-2006-000176
DEMANDANTE: Solange Valenzuela Gómez
ABOG. ASISTENTE: Jesús H. Delgado INPSA Nº 82.844
DEMANDADA: Junta Parroquial San Javier
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Se inicia el presente proceso de juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros conceptos, seguido por la ciudadana SOLANGE EMPERATRIZ VALENZUELA GOMEZ contra la JUNTA PARROQUIAL SAN JAVIER, ambos plenamente identificados en autos, el cual fue llevado ante el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
En fecha 15-11-2006 tuvo lugar la audiencia Oral y Publica en el presente juicio y en vista de la incomparecencia del Abogado Asistente de la parte demandante a la misma, este Tribunal acordó el diferimiento de dicha audiencia para el día 14-12-2006. En fecha 14-12-2006 siendo la oportunidad para que tenga lugar la audiencia, comparece la parte actora debidamente asistida por su Abogado Jesús Delgado y mediante diligencia desiste del presente procedimiento, por lo que el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros conceptos interpuesta por la ciudadana SOLANGE EMPERATRIZ VALENZUELA GOMEZ contra la JUNTA PARROQUIAL SAN JAVIER, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL por remision del articulo 11 de la LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO . Ambas partes plenamente identificadas en autos
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurra el lapso establecido en la ley.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal PRIMERO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en San Felipe a los catorce (14) días del mes de Diciembre del año 2006. Años: 196º y 147º.
El Juez;
Abg. Olga Nuñez de Meza
La Secretaria;
Abg. Zoran García
En la misma fecha se publicó siendo la 12:05:00 de la tarde.
La Secretaria;
Abg. Zoran García
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