REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIALDEL ESTADO YARACUY.
AÑOS: 195° Y 146°
EXPEDIENTE N° 13.125
MOTIVO INSERCION DE PARTIDA DE
NACIMIENTO
SOLICITANTE: JOSE REINATO SILVA HERNANDEZ, mayor de edad, con domicilio en la Comunidad de Cocorotico, Jurisdicción de la Parroquia Albarico, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, sin cédula de identidad
ABOG. ASISTENTE DEL SOLICITANTE TOMAS SILVA VILLANUEVA: Inpreabogado Nº 6.709
Se inicia el presente procedimiento mediante solicitud suscrita y presentada por JOSE REINATO SILVA HERNANDEZ, ya identificado, debidamente asistido por el abogado TOMAS SILVA VILLANUEVA, Inpreabogado No. 6.709, y recibida en este Tribunal por distribución de fecha 01 de Diciembre de 2004. En la misma solicitó la INSERCION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, alegando que nació en fecha 12- 10-1.984, en la Comunidad de Cocorotico, Parroquia Albarico, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, siendo sus padres JUAN SILVA Y VICTORIA RUBI HERNANDEZ HERNANDE DE SILVA. Alega igualmente que su Acta de Nacimiento no aparece asentada en los Libros de nacimientos de Registro Civil, llevados por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, ni en la Oficina de Registro Principal del Estado Yaracuy.
A los fines de probar sus alegatos la actora consignó los siguientes recaudos: certificación de la revisión en los libros de Registro Civil para nacimientos llevados por la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio San Felipe y del Registro Principal del Estado Yaracuy, constancia hecha y firmada por la ciudadana Tomasa Reyes de Betancourt, la cual fue la que asistió el parto del solicitante, copia certificada del acta de matrimonio de los padres del cónyuge, certificación de la búsqueda minuciosa practicada en los libros de nacimientos de la Coordinación de Registro Civil del Municipio San Felipe de este Estado y por ante el Registro Principal.
Admitida la demanda en fecha 25 de Enero de 2005, se ordenó el emplazamiento por Edicto, a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo y manifiesto en el asunto, para el Acto de Oposición a la solicitud. De igual forma, se ordenó la notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Así mismo fue consignada la boleta debidamente firmada por la Fiscal.
En fecha 09 de Agosto de 2005, el solicitante asistido por su abogado, estamparon diligencia, consignando ejemplar publicado en el diario “Yaracuy al Día”, cursante a los folios 11 y 12; el cual fue desglosado y agregado a sus autos dicho Edicto por este Tribunal en esa misma fecha la cual corre inserto al folio 11. El Alguacil de este Tribunal consignó Boleta de Notificación, de fecha 22 de Abril de 2005.
En fecha 18 de Octubre de 2005, el Tribunal dictó auto acordando abrir la presente solicitud a pruebas de conformidad con el Artículo 771 del Código de Procedimiento Civil.
Al folio 15, el solicitante consigno escrito de pruebas, constante de un (01) folio útil y en la misma fecha el Tribunal dicto auto admitiéndolas. En fecha 03 de Noviembre de 2005, el Tribunal dictó auto, donde se acuerda instar al solicitante para que consigne medios probatorios que hagan constar la veracidad de la presente Inserción. Así mismo al folio dieciocho (18), consignaron diligencia, donde el solicitante y su abogado, promovieron cuatro (4) testigos, siendo acordado por medio de auto dictado en e fueron tomadas dichas declaraciones.
LLEGADO EL MOMENTO PARA DECIDIR EN LA PRESENTE CAUSA, EL TRIBUNAL PASA A HACERLO EN LA FORMA SIGUIENTE:
El Tribunal valora de conformidad con lo establecido en el Artículo 458 del Código Civil, la documentación anexa al escrito libelar, cursante las mismas a los folios del 02 al 05, la cual concatenada con los hechos alegados en la solicitud, son suficientes a juicio de este Juzgador para la declaratoria CON LUGAR de la presente solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO y así se decide.
Igualmente en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el presente juicio, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano JOSE REINATO SILVA HERNANDEZ Y DECRETA LA INSERCIÓN DE LA MISMA en los Libros de Nacimientos, del Registro Civil llevados por la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, dejando constancia que el ciudadano JOSE REINATO SILVA HERNANDEZ, nació en fecha 12 de Octubre de 1984, en el Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, siendo sus padres JUAN SILVA Y VICTORIA RUBI HERNANDEZ. Ofíciese a la Coordinación del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, a los fines de la inserción respectiva y al Registro Principal del Estado Yaracuy.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los doce (12) días del mes de Enero de 2006. Años: 195° y 146°
El Juez Titular,
Abg. HUMBERTO J. BRITO B.
La Secretaria Acc,
Abg. GREISLY JAMES RIVERO.
En esta misma fecha y siendo las 11:00 A.M. se publicó, registró la anterior decisión y se libraron los oficios Nos.22 y 23.
La Secretaria,
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