REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY
CORTE DE APELACIONES

San Felipe, 9 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: UP01-R-2005-000032
ASUNTO: UG01-X-2005-000075
IMPUTADO: OSCAR DARIO LAVERDE OSPINO
MOTIVO: INCIDENCIA DE INHIBICIÓN PRESENTADA
ABG. GLADYS TORRES
PONENTE: JUDITH YÉPEZ GONZÁLEZ


Se trata la presente causa de una inhibición de la Juez Superior Abg. Gladys Torres, al alegar que se inhibe por estar incursa en el numeral 8 del Articulo 86 del Código Orgánico Procesal Penal: “…Me inhibo de conocer en la presente causa Nº UP01-0-2005-000032 debido a que el imputado Oscar Dar+io Laverde Ospino, me señala como presunta agraviante de su situación por cuanto el asunto principal se encuentra en el Tribunal de Juicio Nº 1 de este Circuito judicial Penal el cual se encuentra sin juez hace determinado tiempo, razón por la cual considero que existe un motivo grave que me impido fallar con imparcialidad…”

Lógicamente que al señalar el imputado como agraviante a la Abg. Gladis Torres, Juez Superior penal integrante de esta Corte de Apelaciones, la misma no debe conocer la presente causa ya que sería Juez y parte por lo que su imparcialidad se encuentra seriamente comprometida, en consecuencia, lo procedente para una transparente y sana administración de justicia, es declarar con lugar la presente inhibición, pero con base a lo previsto en el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.



DISPOSITIVA

Esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada por la Abg. Gladys Torres en su condición de Juez Superior de este Circuito Judicial, por ser procedente con base a lo establecido en el Artículo 86 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dada, sellada y publicada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, a los Nueve (9) días del mes de Enero de 2006.Años. 195° de la Independencia y 146° de la Federación.



Abg. Judith Yépez González
Juez Superior Suplente

Abg. Jhuly Gabriela Troconis Bazan
Secretaria