REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO YARACUY
195° Y 146°
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2005-000345
PARTE DEMANDANTE: JESUS GABRIEL E. SILVERA
REPRESENTADO POR: Abg. JOSE DOMINICIANO SEGURA D.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL LABORATORIO PIFANO,
EN LA PERSONA DE: VICENTE PIFANO
REPRESENTADO POR: Abg. CARMELO PIFANO
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO.
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Veinte (20) días del mes de Enero de 2006, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por ACCIDENTE DE TRABAJO, incoada por el ciudadano: JESUS GABRIEL EULACIO SILVERA venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-7.512.398, respectivamente, de éste domicilio, representado en este acto por el Abogado en ejercicio: JOSE DOMINICIANO SEGURA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.557.382, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 95.580, de este domicilio, actuando con su carácter de acreditado en auto, CONTRA: la SOCIEDAD MERCANTIL LABORATORIO PIFANO, en la persona del Ciudadano VICENTE PIFANO GARRIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.564.792, representado en este acto por el Abogado en ejercicio: CARMELO PIFANO GARRIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 823.961, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 031, de este domicilio, conforme a la causa N° UP11-L-2005-000345, de la nomenclatura interna de este Tribunal; Presente en este acto ambas partes y establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de esta Audiencia, se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por el Abogado CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ, Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. En este estado el ciudadano Juez declaró abierta la sesión y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energía y recursos mediante la evitación de un proceso prolongado, por cuanto se desprende del debate la imposibilidad de la conciliación y en consecuencia del acuerdo; se deja constancia que el juez que preside este acto trató de mediar y conciliar las posiciones de las partes y estas comparecieron a la prolongación de la Audiencia Preliminar sin lograrse la conciliación, de conformidad con lo previsto en el artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia se da por concluida la Audiencia Preliminar y se incorporan en este mismo acto al expediente las pruebas promovidas por las partes; La parte demandante consignó escrito de pruebas y Medios Probatorios constante de Dos (02) folios útiles con Un (01) anexos marcados: “P1” y la parte demandada consignó escrito de pruebas y Medios Probatorios constante de Un (01) folios y vuelto con Un (01) anexo marcado: “A”, a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio, según lo dispuesto en el articulo 74 ejusdem. Se da por concluida la Audiencia Preliminar conforme a lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Remítase al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Se hacen Cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los Veinte (20) días del mes de Enero de 2006. Siendo las 09:30 AM. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Abg. CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ.
LA PARTE DEMANDANTE: PARTE DEMANDADA:
Sociedad Mercantil
Laboratorio Pifano
REPRESENTADO POR:
REPRESENTADO POR:
Abg. JOSE D. SEGURA D.
Abg. CARMELO. PIFANO
La Secretaria,
Abg. GRECIA VERASTEGUI
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