REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

CHIVACOA, 02 DE FEBRERO DE 2006
AÑOS: 195° Y 146°



Visto lo expuesto por la Ciudadana: EUDIMAR DANIELA RUJANO MENDOZA, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.881.125, que corre inserto al folio 18 del presente expediente, mediante el cual DESISTE de la Demanda de Obligación Alimentaria intentada en contra del ciudadano: MIGUEL JIMENEZ FALCON, es por lo que este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, lo considera como asunto pasado en autoridad de cosa Juzgada y en consecuencia da por terminado el Juicio. Ciérrese y archívense las presentes actuaciones.

El Juez Temporal,


Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA. La Secretaria,



YSAURA GIMENEZ

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se archivó el presente expediente de Obligación Alimentaria signado bajo el N° 1001-05, dejando copia debidamente certificada. Conste,
La Secretaria,


YSAURA GIMENEZ
ABG.EBA/kca.-
Exp N° 1001-05