REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 17 de Febrero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2006-000241
ASUNTO : UP01-P-2006-000241
Vista la solicitud de Sobreseimiento formulado por el Abogado JUAN CARLOS VILORIA, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:
El Representante del Ministerio Público solicita el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano ALEXIS ENRIQUE MARTINEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 12.286.829 y residenciado en la Urbanización la Ascensión vereda 6 casa N° 32 San Felipe Estado Yaracuy, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, de conformidad al Artículo 318 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, debido a que el hecho no se puede atribuir al imputado.
De las actuaciones se desprende que el hecho se produce por un accidente de tránsito estrellamiento y vuelco con lesionados ocurrido en la Intercomunal de San Felipe resultando lesionados ALEXIS ENRIQUE MARTINEZ y JOSE ANTONIO BARRETO.
Por lo expuesto, este Tribunal de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ALEXIS ENRIQUE MARTINEZ, identificado al inicio, de conformidad al Articulo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de, ya que el hecho no se le puede atribuir al imputado. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
Abg. Jenny Andaluz Affigne
Juez de Control N° 6
Abg. Norellys Rancel
Secretaria
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