REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 17 de Febrero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2006-000361
ASUNTO : UP01-P-2006-000361
Vista la solicitud presentada por el Fiscal Tercero del Ministerio Publico, donde requiere de este Tribunal se SOBRESEA la causa seguida contra el ciudadano EDGAR GERARDO MELENDEZ HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 5.458.553 por la comisión del delito de EMISION DE CHEQUE SIN PROVISION DE FONDO, en perjuicio del ciudadano FRANCISCO BASILE RICCIARDELLA, titular de la cedula de identidad N° 7.552.663, y que según el criterio del fiscal, el hecho no reviste el carácter de típico toda vez que se trata de un negocio mercantil donde la victima recibe un cheque con fecha postdatada.
De conformidad a lo establecido en el Artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, una vez presentada la solicitud el Juez convocará a las partes y a la víctima a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición, salvo que estime que para comprobar el motivo no sea necesario el debate, lo cual acoge este Juzgador, toda vez que los elementos presentados son suficientes para emitir una decisión.
De las actuaciones se desprende que el hecho no reviste el carácter de típico toda vez que se trata de un negocio mercantil donde la victima recibe un cheque con fecha postdatada.
DECISION
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano EDGAR GERARDO MELENDEZ HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 5.458.553, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 318, del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
Juez de Control N° 6
Abg. Jenny Andaluz Affigne
Secretaria
Abg. Norellys Rangel
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