ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-002262
ASUNTO : UP01-P-2005-002262


Definitivamente firme como ha quedado la sentencia, dictada por el Tribunal de Control N° 2 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 16-12-05, mediante la cual sancionó al adolescente: FRANKLIN JOSÉ VADEL, venezolano, de 15 años de edad, soltero, con cédula de identidad N° 20.889.134, residenciado en la Urbanización Juan José de Maya, Manzana F-14, casa N° 16, Parroquia Albarico, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, quien se acogió al procedimiento especial por Admisión de los Hechos; imponiéndole, de manera simultánea, las Medidas de: LIBERTAD ASISTIDA, y REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de DOS (2) AÑOS, reglas éstas que son las que a continuación se enuncian: a)- Asistir por ante el Equipo Técnico adscrito a esta Sección, a los fines del seguimiento de la Libertad Asistida; b)-… En forma obligatoria continuar sus estudios, en tal virtud deberá presentar lo antes posible, por ante el Tribunal correspondiente, constancia de inscripción de estudios; c)- No deberá permanecer fuera de su hogar después de las 9:00 pm; d)- No debe frecuentar lugares y personas, que de alguna manera perjudiquen o influyan en su desarrollo integral; e) Debe obediencia irrestricta a su madre, quien la dirigirá en su conducta. Ello, en razón de haber sido hallada responsable penalmente de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto en el artículo 458 del Código Penal vigente, en concordancia con el artículo 80 eiusdem, en perjuicio de YORBIS ANDRÉS PIÑA CHIRINOS, conforme a lo establecido en los artículos 620 literales b) y d), de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en armonía con los artículos 626 y 624 eiusdem; este Juzgado de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, acatando el texto de los artículos 646 y 647 de la indicada Ley rectora de esta competencia especial, acuerda lo siguiente:

1.- Ejecutar de inmediato las medidas de: LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA, que le fueron acordadas de manera simultánea a la adolescente FRANKLIN JOSÉ VADEL, por espacio de DOS (2) AÑOS; y en ese sentido, se designa al Equipo Técnico de esta misma Sección, para que se encargue de la supervisión, asistencia y orientación de las medidas señaladas. En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente.

2.- Fijar audiencia para el día Jueves 16-02-06, a las 10:00 horas de la mañana, a objeto de la imposición del presente auto de ejecución de las medidas restrictivas de libertad y de derecho, antes señaladas.

3.- Notificar de la audiencia pautada al adolescente: FRANKLIN JOSÉ VADEL; al Fiscal Noveno del Ministerio Público del Estado Yaracuy, Abg. Esaú Alejandro Alba Morales; a la Defensora Segunda de la Sección de Adolescentes, adscrita al Sistema Autónomo de la Defensa Pública del Estado Yaracuy, Abg. Solángel Borjas Rudas y a la víctima: Yorbis Andrés Piña Chirinos.

Líbrense las boletas y Oficio correspondientes. Cúmplase.-


La Juez,



Abg. Myriam Rojo de Arámbulo
La Secretaria,


Abg. Marleni García de Meléndez