ACTA
N° DE EXPEDIENTE: UP11-L-2005-000223
PARTE ACTORA: HESLY BELTRAN CANELON
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GUIOMAR OJEDA ALCALA y
JOSE LUIS OJEDA
PARTE DEMANDADA: AGENCIA DE LOTERIAS "LA
ESPERANZA" (En la persona de
Ruben Materan)
APODERADOS DE LA PARTE
DEMANDADA: JOSEFINA PERFETTI y ADRIANA
RODRIGUEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES
SOCIALES
En la ciudad de San Felipe Estado Yaracuy, a los ocho (08) días del mes de Febrero del año 2006, siendo las diez de la mañana (08:30 AM.), constituido como se encuentra el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la ciudadana Juez MARY SALOME SALCEDO, anunciada como ha sido la Audiencia y ordenada como ha sido la verificación de la asistencia de las partes, siendo la fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar de la presente causa, signada con el No. UP11-L-2005-000223 de la nomenclatura de este Tribunal, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por la ciudadana HESLY BELTRAN CANELON, de este domicilio, representada en este acto por el abogado en ejercicio JOSE LUIS OJEDA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 95.594, CONTRA AGENCIA DE LOTERIAS "LA ESPERANZA" (En la persona de Ruben Materan) representada en este acto por las abogados en ejercicio JOSEFINA PERFETTI y ADRIANA RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 86.292 y 102.619, respectivamente. En este estado la ciudadana Juez declara abierto el acto y da inicio a la Audiencia Preliminar, explicando y recordándoles a las partes la importancia del uso de los medios alternos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para las partes involucradas en este conflicto. De seguidas se abre el debate entre las partes con la intervención de la ciudadana Juez del cual se desprende la posibilidad de llegar a un acuerdo entre las partes, razón por la cual estas solicitan se prolongue la presente audiencia; así mismo ambas partes consignan sus escritos de promoción de pruebas, la parte demandante consigna escrito de promoción de pruebas en dos (02) folios útiles con quince (15) anexos y dos cuadernos, la parte demanda consigna escrito de promoción de pruebas en un (01) folio útil, para ser agregados a los autos una vez finalizada la audiencia preliminar. En este estado, el Tribunal acuerda la prolongación de esta audiencia y fija su continuación para el día veinte (20) de Febrero del año en curso a las nueve de la mañana (09:00 A. M). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las once de la mañana (11:00 A.M)
La Juez,
Abg. MARY SALCEDO
Parte Demandante Parte Demandada
La Secretaria,
Abg. Mirbelis Almea
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