JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. San Felipe, 21 de Julio de 2006. Años: 197° y 146°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JAVIER ALEJANDRO REBOLLEDO PEÑA y HILDA MARGARITA SEQUERA OCHOA, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 14.709.377 y 2.570.659, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías fomentadas en un lote de terreno de aproximadamente Ocho hectáreas (8 Hás), propiedad del Instituto Nacional de Tierras, ubicado en el Asentamiento Palo Quemao, jurisdicción de la parroquia Albarico, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; cuyos linderos son: NORTE: Platanal propiedad del señor Francisco Nuñez; SUR: Platanal del señor Concepción González; ESTE: Río Macagua y fundo del señor Giannino Serva; y OESTE: Carretera principal que conduce a Palo Quemao, el referido terreno fue otorgado a título gratuito por el prenombrado Instituto, según documento anexo a la solicitud; consistente en una construcción de una casa con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento, dos (2) habitaciones, sala, un corredor, construcción de un tanque de bloques de concreto, para almacenamiento de agua, con una capacidad de Dieciocho mil litros (18.000 lts), una cochinera de paredes de bloques y techo de acerolit, un gallinero con tela metálica especial para ello y techado con acerolit, cultivo de árboles madereros del denominado Samán, cocos, cambures de los tipos manzano, guineo, cuyaco y topocho; plátanos, ocumo y ñame; a favor de la ciudadana: CARMEN FELICITA OVIEDO DE MENDEZ, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de Identidad No. 2.571.592 y de éste domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó No. 811/2006.-
La Jueza,

Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria,

Abg. Karelia Marilú López Rivero.-

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.-

La Secretaria.-