REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 12 de julio de 2006
Años: 196° y 147°
EXPEDIENTE : 4578
PARTE ACTORA : NELSON BRASCHI PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.651.562, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE PARTE ACTORA.
: NELSON BRASCHI SANTOS, Inpreabogado N° 17.804.
MOTIVO
: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO (SUMARIA)
Se inicia el presente procedimiento por solicitud suscrita y presentada por el ciudadano NELSON BRASCHI PARRA, ya identificado, debidamente asistido por el abogado NELSON BRASCHI SANTOS, y recibida en este Tribunal por distribución en fecha 06 de julio de 2006.
En la misma, solicita el demandante la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inserta en los Libros de la Coordinación Municipal de Registro Civil del Municipio Bruzual, estado Yaracuy, para el año 1971, inserta bajo el N° 688, folio vuelto del 346 y anexa a este expediente en el folio 02, alegando que la referida partida adolece del error material involuntario por parte del funcionario al asentar en los Libros respectivos el apellido de su padre como BRACHI, siendo lo correcto BRASCHI, tal como se desprende de la documentación anexa al libelo de demanda a los folios 3 y 4, constante de copia fotostática de cédula de identidad de NELSON BRASCHI PARRA y copia fotostática de cédula de identidad de NELSON BRASCHI SANTOS.
En virtud de que dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, no amerita un juicio de rectificación de manera ordinaria, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EN FORMA SUMARIA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DEL CIUDADANO NELSON BRASCHI PARRA, anotada bajo el N° 688 vuelto del folio 346, del año 1971, de los Libros de Nacimientos llevados por la Coordinación Municipal de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; en el sentido de que donde se asentó el apellido de su padre como BRACHI, diga en lo adelante BRASCHI.
Expídase copia certificada de la presente decisión a la Coordinación Municipal de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y al Registro Principal del mismo Estado, a los fines previstos en el Artículo 502 del Código Civil y 773 del Código de Procedimiento Civil, a objeto de que suscriba la correspondiente nota marginal en la Partida de Nacimiento N° 688, vuelto del Folio 346, del Año 1971, llevados por ese Despacho. Líbrese oficio y copia certificada.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los 12 días del mes de julio de 2006. Años: 196° y 147°.
El Juez Suplente Especial,
Abog. WENDY C. YÁNEZ RODRÍGUEZ
El Secretario,
Abg. LUIS ALFONSO VERASTEGUI
En esta misma fecha y siendo las 12:55 p.m. se publicó y registró la anterior decisión.
El Secretario,
Abg. LUIS ALFONSO VERASTEGUI
|