REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 21 de Julio de 2006
Años: 196° y 147°

EXPEDIENTE : 4335

PARTE ACTORA : AMABILE ANTONIO CHIRINOS DOUMONTH, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.579.922, domiciliado en Nirgua, Estado Yaracuy.

ABOGADO ASISTENTE PARTE ACTORA.
: ROSALINDA OCANTO ESCORCHE, Inpreabogado N° 55.140.


MOTIVO

: INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.


Se inicia el presente procedimiento por demanda suscrita y presentada por el ciudadano AMABILE ANTONIO CHIRINOS DOUMONTH, ya identificado, debidamente asistido por la abogada ROSALINDA OCANTO ESCORCHE, y recibida en este Tribunal por distribución de fecha 31 de enero de 2005.
En la misma, solicita el demandante la INSERCIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, alegando que nació en el Municipio Nirgua, Estado Yaracuy, el diez (10) de julio de mil novecientos cuarenta y siete (1947), y que es hijo de ELIODORO CHIRINOS (difunto) y MARIA BERNARDA DOUMONTH (difunta), venezolanos, mayores de edad. Alega igualmente que su Partida de Nacimiento no aparece asentada en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Nirgua del Estado Yaracuy.
A los fines de probar sus alegatos la parte actora consignó los siguientes recaudos: 1) Copia fotostática de cédula de identidad del solicitante; 2) Copia Certificada de certificación expedida por la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Nirgua, Estado Yaracuy, donde señala que la partida del ciudadano AMABILE ANTONIO CHIRINOS DOUMONTH, no aparece registrada; 3) Copia Certificada de Acta de Matrimonio de sus padres ciudadanos ELIODORO CHIRINOS y MARIA BERNARDA DOUMONTH, expedida por la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy. 4) Copia Certificada de Acta de Defunción de la ciudadana MARIA D. DE CHIRINOS, expedida por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua. 5) Original de Datos Filiatorios del ciudadano AMABILE ANTONIO CHIRINOS DOUMONTH.
Admitida la demanda en fecha 27 de julio de 2005, se ordenó el emplazamiento por Edicto, a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo y manifiesto en el asunto, para el Acto de Oposición a la solicitud. De igual forma, se ordenó la notificación a la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
Al folio 09 consta Boleta de Notificación de la Fiscal Séptimo de esta Circunscripción Judicial, debidamente firmada.
Publicado el Edicto ordenado, el mismo fue consignado por la parte actora en fecha 16 de mayo de 2006 y corre inserto al folio 11.
Al folio 12 consta auto del Tribunal señalando que se proveerá lo conducente una vez transcurra el lapso establecido en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil.
Al folio 13 se ordena desglosar y agregar el respectivo edicto y por cuanto no hubo oposición, se abrió a pruebas de conformidad con el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil.
Al folio 15 consta Escrito de Pruebas presentado por la parte actora.

LLEGADO EL MOMENTO PARA DECIDIR EN LA PRESENTE CAUSA, EL TRIBUNAL PASA A HACERLO EN LA FORMA SIGUIENTE.

El Tribunal valora de conformidad con lo establecido en el Artículo 458 del Código Civil, la documentación anexa al escrito libelar, cursante las mismas a los folios del 02 al 05 ambos inclusive, la cual concatena con los hechos alegados en la solicitud.
Las pruebas presentadas tanto con el escrito libelar, como en el lapso de promoción de pruebas son suficientes a juicio de esta juzgadora para la declaratoria con lugar de la presente solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO y así se decide.
Igualmente en virtud de que en la presente causa NO SE PRESENTARON TERCEROS AFECTADOS en la oportunidad concedida en el presente juicio, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano AMABILE ANTONIO CHIRINOS DOUMONHT, decretando la INSERCIÓN DE LA MISMA en los Libros de Registro Civil para Nacimientos llevados por la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Autónomo Nirgua del Estado Yaracuy, dejando constancia que el ciudadano AMABILE ANTONIO CHIRINOS DOUMONHT nació el DIEZ (10) de JULIO de MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE (1947), en el Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, y que es hijo de ELIODORO CHIRINOS (difunto) y MARIA BERNARDA DOUMONTH (difunta), venezolanos, mayores de edad. Ofíciese a la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Autónomo Nirgua del Estado Yaracuy, a los fines de la inserción respectiva.

PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los 21 días del mes de Julio de 2006. Años: 196° y 147°.
La Juez Suplente Especial,

Abog. WENDY C. YÁNEZ RODRÍGUEZ
El Secretario,

Abg. LUIS ALFONSO VERASTEGUI
En esta misma fecha y siendo las 10:15 a.m. se publicó y registró la anterior decisión.
El Secretario,

Abg. LUIS ALFONSO VERASTEGUI