REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY
EXPEDIENTE N°
PARTE ACTORA: 4602
ZULEY ELENA POLO MUJICA.
Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.336.842 y de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE
PARTE ACTORA: Abg. DULCE MARIA BARRANCO.
Inpreabogado N° 79.329 y de este domicilio.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
(SUMARIA)
Vista la anterior demanda y sus recaudos anexos, suscrita y presentada por la ciudadana ZULEY ELENA POLO MUJICA, debidamente asistida por la abogado DULCE MARIA BARRANCO, mediante el cual solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, y recibida en este Tribunal por distribución en fecha 19/07/2006, constante de un (01) folio útil y dos (02) anexos.
Señala la Accionante, en su escrito libelar que al momento de ser asentada su PARTIDA DE NACIMIENTO, en los libros de Nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio Salom / Distrito Nirgua del Estado Yaracuy (hoy día) COORDINACIÓN DE REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA SALOM / MUNICIPIO NIRGUA DEL ESTADO YARACUY, para el año 1975, inserta bajo el Nº 47, se incurrió en el error material involuntario por parte del funcionario al inscribir el primer nombre de la presentada como “ YULEY ” Siendo este totalmente incorrecto, por cuanto lo correcto es:” ZULEY ” tal como se demuestra de la documentación que anexa al presente libelo de la demanda, la cual consta de la copia fotostática de su cédula de identidad.
En virtud de que dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, no amerita un juicio de Rectificación de manera ordinaria, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EN FORMA SUMARIA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana ZULEY ELENA POLO MUJICA, anotada bajo el N° 47, de los Libros de Nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio Salom / Distrito Nirgua del Estado Yaracuy (hoy día) COORDINACIÓN DE REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA SALOM / MUNICIPIO NIRGUA DEL ESTADO YARACUY, para el año 1975, en el sentido que donde se identificó el primer nombre de la presentada como “ YULEY” Diga en lo adelante “ ZULEY ELENA” que es lo correcto.
Expídase copia certificada de la presente decisión a la COORDINACIÓN DE REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA SALOM / MUNICIPIO NIRGUA DEL ESTADO YARACUY, y al REGISTRO CIVIL /OFICINA PRINCIPAL DEL MISMO ESTADO, a los fines previstos en el Artículo 502 del Código Civil y 773 del Código de Procedimiento Civil, a objeto de que suscriba la correspondiente nota marginal en la Partida de Nacimiento N° 47 del Año 1975, llevados por esos Despacho. Líbrese oficios y copia certificada.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los Veintiséis (26) días del mes de Julio de Dos mil seis (2006) Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
La Juez Suplente Especial,
Abg° WENDY C. YANEZ RODRIGUEZ.
El Secretario,
Abg° Luis Alfonso Verastegui G.
En esta misma fecha y siendo las 2:05 p.m., se publicó y registró la anterior decisión y se remiten Oficios bajo los Nro. 0.282 y 0.283/06
El Secretario;
Abg° Luis Alfonso Verastegui G.
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