República Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides
Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Guama: Miércoles, doce (12) de Julio de 2006.
AÑOS: 196º y 147º
El presente procedimiento de Solicitud de Obligación Alimentaria, se inició por solicitud interpuesta por ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Autónomo Sucre del Estado Yaracuy por la ciudadana ELIS MARGARITA MAYA AZUAJE, titular de la cédula de identidad N° 12.285.047, contra el ciudadano GREGORIO JOSÉ GUERRA GOITÍA, titular de la cédula de identidad N° 11.275.026, en beneficio de sus hijas (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNA) de quince (15) y doce (12) años de edad respectivamente.
Vista lo solicitado por la ciudadana: ELIS MARGARITA MAYA AZUAJE, titular de la cédula de identidad N° 12.285.047, este Juzgado acuerda cerrar el presente expediente y remitirlo al Archivo Judicial, tómese razón en el libro Diario y cúmplase con lo ordenado.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado en Guama, a los doce (12) días del mes de Julio del año Dos Mil Seis. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Juez Provisorio,
La Secretaria Temporal,
Abg. Ligia Ode Silveira.
Abg. Rommery A. Suárez R.
En esta misma fecha, siendo las 02:00 p.m. se publicó la anterior sentencia.
La Secretaria Temporal,
Abg. Rommery A. Suárez R.
LOS/Rasr/fidel.
Exp N° 414/03.
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