JUZGADO DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua, 04 de Julio de 2006.
Año 196º y 147º


Por cuanto la ciudadana Secretaría Titular de este Juzgado se traslado a la calle 14 entre carreras 19 y 20, Nº: 24-50 de la ciudad de Yaritagua del Municipio Peña del Estado Yaracuy, en virtud que la ciudadana: DIANA MERCEDES HERNANDEZ OVIEDO, titular de la cedula de identidad Nº: 1.269.466, se encuentra imposibilitada físicamente para trasladarse a la sede del Tribunal, para hacer efectiva la comparecencia de la prenombrada ciudadana, renuncio al acto de comparecencia, y se dio por citada en este acto, asimismo, RECONOCIO LA FIRMA COMO SUYA Y COMO CIERTO EL CONTENIDO DEL DOCUMENTO PRIVADO, que riela al folio Nº: Dos (02) del Expediente Nº: 574/06, en tal virtud este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA RECONOCIDO dicho instrumento, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil y acuerda devolver con sus resultas al interesado.
El Juez

Abg. Octavio Méndez M

La Secretaria

Abg. Cándida Lucena Perdigón.