REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.-
Nirgua, Cuatro (04) de Julio del año Dos Mil Seis.-
196º y 147º
Por cuanto de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que los ciudadanos: JUANA DE LOS REYES FLORES ALVAREZ y PORFIRIO GARCIA LOPEZ, venezolanos, titulares de las Cédula de Identidad Nros V.-15.482.140, y V-12.281.805, han llegado a un amistoso convenimiento ante este Tribunal en cuanto a la presente solicitud a favor de los niños: (Identificación Reservada), donde el padre se comprometió en aportar para la manutención de sus hijos la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,oo) SEMANALMENTE, a partir del día 07/07/06, adicional al 50% de los gastos que ocasione los niños por concepto de útiles escolares, uniforme, calzado, vestidos, atención medica, cultura, recreación y deportes cuando sean necesarios, y el 50% de los Gastos en el mes de Diciembre por concepto de Aguinaldo; es todo.- Acuerdo aceptado por la ciudadana: JUANA DE LOS REYES FLORES ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 15.482.140; y no siendo dicho convenimiento contrario a derecho ni a ninguna norma legal expresa es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y Por Autoridad de la Ley ACUERDA: HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.-
Publíquese y Regístrese y Déjese Copia Certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nirgua, a los Cuatro (04) días del mes de Julio del año Dos Mil Seis.- Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.- EL JUEZ, titular
Abog. Iván Palencia Arias.-
LA SECRETARIA, Titular
Abog. Mélida Rodríguez.-
En esta misma fecha y siendo las 09:30 a.m., se publicó la anterior Decisión.-
La Secretaria, Titular.-
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