ASUNTO : UP01-P-2005-002103
Visto el escrito presentado por el imputado JORMAN ANTONIO RANGEL SANCHEZ, asistido por la profesional del derecho MARIBEL BLANCO QUIÑONEZ, inscrita en el IPSA bajo el No. 34772, mediante el cual solicita la ampliación del régimen de presentaciones, impuesto cada tres días, debido a que el mismo se encuentra trabajando y se le dificulta los permisos para cumplir con tales presentaciones, es por lo que este Tribunal pasa a revisar el Registro de Presentaciones llevados por el Sistema Juris, verificando que el referido procesado, ha cumplido a cabalidad con las presentaciones impuestas, además de haber cumplido con los llamados hechos por esta Instancia, y siendo que el derecho al Trabajo también es un deber Constitucional, es por estas razones que este Tribunal debe declarar procedente lo peticionado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, SOLICITUD DE AMPLIACION EL REGIMEN DE PRESENTACIONES, impuestas al imputado RANGEL SANCHEZ JORMAN ANTONIO, venezolano, titular de la cédula de identidad No 16.823.477, de cada tres días a cada quince (15) días ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito. Notifíquese. Ofíciese lo Conducente al Alguacilazgo. Cúmplase.
La Jueza de Control 5
El Secretario
Abg. Milagro Prieto Leal
Abog. Fernando Salcedo.
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