JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 13 de Junio de 2006
Años: 195º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: PIÑA VIÑALES LUIS MIGUEL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad No. 13.619.200 y PIÑA VIÑALES LUIS MANUEL, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad No. 13.619.201 ambos domiciliados en Piedra Grande Municipio Independencia del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas en un área de terreno propiedad Municipal, con una medida de ocho metros (8mts) de largo, por ocho metros (8mts) de ancho para un área de construcción de sesenta y cuatro metros cuadrados (64mts2) y construcción superior para dos niveles, ubicada en la esquina calle vía el Salto con calle Piedra Arriba en la población de la Piedra en Jurisdicción del Municipio Peña del Estado Yaracuy, consistente en una construcción de una Edificación de bloques, piso de cemento, techo de platabanda; y esta alinderado de la siguiente forma: NORTE: Solar y casa de Francisco González, SUR: Calle principal el Salto, ESTE: Calle principal Piedra arriba y OESTE: Solar y casa de Francisco González. A favor de la ciudadana: AURA MARIELA VARGAS DE MENDOZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.267.156 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- Solicitud N° 679/2006.
La Jueza,
Abg° María de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria temp.,
Abog. Mónica de Lourdes Polo Morales
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-
La Secretaria temp.,
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