JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. San Felipe, 14 de Junio de 2006. Años: 195° y 146°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JOSE ALBERTO CHAVEZ VELIZ y ANTONIO JOSE FLORES NAVARRO, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 4.483.408 y 10.951.210, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio la Trinidad del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías fomentadas en una extensión de terreno propiedad Municipal, el cual mide aproximadamente Doce metros (19 Mts) de frente por Veinticuatro metros (24 Mts) de fondo; consistente en una casa con paredes de concreto, techo de acerolit y piso de cemento pulido, cercado con alambre de púas; las cuales se encuentran ubicadas en el sector o Barrio “El Lochal”, vía Ferrocarril, Boraure, Municipio la Trinidad del Estado Yaracuy; cuyos linderos son: NORTE: Casa y solar de la señora Zoraida Marchan; SUR: Casa y solar de Sebastián Mendoza; ESTE: Casa y solar de Ascensión Chávez y OESTE: Carretera y vía férrea que conduce de Boraure a Las Flores y Campo Nuevo; a favor de la ciudadana: CLARA ROSA PAREDES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad no. 12.077.073 y de éste domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó No. 686/2006.-
La Jueza,
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria Temporal,
Abg. Mónica de Lourdes Polo Morales.-
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.-
La Secretaria Temporal.-
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