JUZGADO SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 7 de Junio de 2006
Años: 196º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentadas por la interesada, ciudadanos: BLAS MONTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 920.737 y FANNY VIOLETA TOVAR ACOSTA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. 12.077.413, ambos domiciliados en el Municipio Independencia del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurias en terreno propiedad Municipal, ubicado en la 3era entre 22 y Callejón Monte Oscuro (hoy Avenida Norte Sur, entre 2da y 3era Avenidas de esta ciudad) el cual mide10 Metros de frente, por 15 metros de fondo, o sea CIENTO CINCUENTA METROS (150 Mts), el cual consiste en una casa de paredes de bloques, techada una parte de tabelones sobre vigas doble T, piso de cemento y la otra parte de acerolit, sobre vigas de hierro, porche garage, portón de hierro, barandas y rejas de hierro, ventana, protector servicios de aguas negras y blancas, luz eléctrica, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Quebrada Guayabal; SUR: Solar y casa de Rosa de Valles; ESTE: Solar y casa de León Guevara ; y OESTE: Solar y casa de Carmen de Barrios, a favor de la ciudadana CELSA MERCEDES SILVA DE VALLES, venezolana, mayor de edad, viuda, del hogar, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.566.739 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo de este Tribunal.

La Jueza,


Abgº. María de Lourdes Camacaro de Aular,

La Secretaria Temporal,


Abgº. Mónica de Lourdes Polo Morales
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.

La Secretaria Temporal,


Abgº. Mónica de Lourdes Polo Morales