JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. San Felipe, 07 de Junio de 2006. Años: 195° y 146°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JOSE GREGORIO OCANTO y RAFAEL ARTURO GARCIA RAMIREZ, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 10.374.505 y 7.511.311, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio la Independencia del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías fomentadas en un lote de terreno ejido, ubicado en el Sector Vista Alegre, Municipio Independencia del Estado Yaracuy, el cual mide aproximadamente Catorce (14) metros de frente por Veinticinco (25) metros de Fondo, el cual se encuentra signado con el No. 06; cuyos linderos son: NORTE: Segunda Avenida Urbanización Vista Alegre; SUR: Quebrada la Culequera; ESTE: Parcela que es o fue de Ysbel Ramírez y OESTE: Parcela que es o fue de Gilberto Avendaño; consistente en un sembradío de aguacate, naranjo, plátano, yuca; a favor de la ciudadana: MARIZABETH RODRIGUEZ RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad No. 14.973.357 y de éste domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.-
La Jueza,


Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria Temporal,

Abg. Mónica de Lourdes Polo Morales.-

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.-

La Secretaria Temporal.-