REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Dirección Ejecutiva de la Magistratura
Juzgado Ejecutor de Medida de los Municipios San Felipe, Cocorote,
Independencia, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción
Judicial del Estado Yaracuy.

El presente traslado es gratuito, como lo consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en horas de despacho del día de hoy primero (15) de Junio de 2006, se traslado y Constituyó, siendo las 2:30 a.m.; este TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA, VEROES Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY; a cargo de la Jueza Temporal Abogada Suhail Anayatnzy Hernández Alvarado y el Secretario Eduardo A. Ibarra G., titulares de las cedulas de identidad números: 12.282.113 y 10.853.325; respectivamente. En la siguiente dirección: “Avenida La Patria, esquina avenida 9 donde Funciona la Entidad Bancaria Fondo Común, Banca Universal del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy”. A los fines de darle estricto y cabal cumplimiento al Mandamiento Ejecutivo, contentivo de MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, emanada del Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en contra del ciudadano; ERNESTO ABELARDO GONZALEZ GONCALVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.502.988 demandado de autos. En compañía de la solicitante, Ciudadana ROSA MARIA PINTO, titular de la cedula de identidad Nº 7.582.264, en representación de sus hijos DANIEL ERNESTO, DIEGO ALEJANDRO Y JESSICA MARIAN GONZALEZ PINTO, quien se encuentra debidamente por la Abogada YRELA YSABEL CHAN RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Publica Primera adscrita a la Unidad de la Defensa Publica del Estado Yaracuy y con competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: 9.519.976, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº: 42.237, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, en el Expediente Nº: 468/04, de la nomenclatura del Tribunal de la Causa. Es todo. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, procede a notificar de su misión, luego de haberle hecho lectura del despacho de comisión a el ciudadano: RIVERO ARTEAGA FREDDY ANTONIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 6.295.24, de este domicilio, en su condición de gerente operativo de la Entidad Bancaria Fondo Común agencia San Felipe de este Estado. Es todo. En este estado este tribunal ejecutor le concede el derecho de palabra a la parte actora ciudadana: ROSA MARIA PINTO, en la persona de la Defensora Publica Primera Abogada Asistente: YRELA YSABEL CHAN RODRIGUEZ, antes identificada, quien expone: “Señalo para embargar ejecutivamente la cantidad de cuatrocientos cincuenta y siete mil doscientos setenta y cinco con cincuenta y ocho céntimos (457.275,58) que se encuentran depositados en la cuenta de Fondo de Activos Líquidos de esta entidad Bancaria en la cual nos encontramos constituidos, propiedad del ciudadano ERNESTO ABELARDO GONZALEZ GONCALVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.502.988; en virtud de que el monto antes señalado no cubre el monto ejecutar me reservo el derecho de seguir embargando bienes propiedad del demandado hasta cubrir la totalidad de lo demandado, asimismo solicito respetuosamente a este tribunal se sirva designar correo especial a la ciudadana ROSA MARIA PINTO, parte actora en este juicio a los fines de que haga entrega de la presente comisión civil con sus resultas al tribunal de la causa”. Es todo. ESTE TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS, encontrándose constituido en la Avenida La Patria, con esquina de avenida 9 , donde funciona la Entidad Bancaria Fondo Común Banca Universal del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, y vista la comisión emanada por el tribunal de la causa, se le solicita a el notificado del acto aquí presente nos informe si existe cuenta Fondo de Activos Líquidos a nombre del Ciudadano ERNESTO ABELARDO GONZALEZ GONCALVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.502.988, en esta entidad Bancaria que usted dignamente preside, para lo cual el mismo informa que si existe y que la misma posee un saldo de cuatrocientos cincuenta y siete mil doscientos setenta y cinco con cincuenta y ocho céntimos (457.275,58), en consecuencia es por lo que este Tribunal decreta EJECUTIVAMENTEEMBARGADO, la cantidad de cuatrocientos cincuenta y siete mil doscientos setenta y cinco con cincuenta y ocho céntimos (457.275,58), que se encuentran depositados en la cuenta de fondos de activos líquidos Nº 570-012717-9, en esta entidad bancaria donde nos encontramos constituidos, a nombre del ciudadano ERNESTO ABELARDO GONZALEZ GONCALVEZ, antes identificado, demandado de autos en el presente juicio y se deje a la orden del tribunal JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARISTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE ESTE ESTADO, a partir de la presente fecha para lo cual se le solicita al notificado del acto, se sirva elaborar cheque de gerencia por la cantidad acá Embargada Ejecutivamente, a nombre del tribunal de la causa, para lo cual el mismo hace entrega de cheque de gerencia Nº 12-96328520, por el monto acá embargado ejecutivamente, a nombre del tribunal de la causa. Cumplida como ha sido nuestra misión se acuerda remitir la presenta Comisión Civil, original con sus resultas al Tribunal de la Causa, y en cuanto a lo solicitado por la parte actora, se acuerda designar correo especial a la ciudadana: ROSA MARIA PINTO, PARTE ACTORA, antes identificada en el presente juicio a los fines de que se haga entrega de la presente comisión civil Nº 1080/06en su forma original con sus resultas y anexos en original cheque de gerencia Nº 12- 96328520, por el monto antes embargado a nombre del tribunal de la causa, así como también el regreso a nuestra sede. Es todo. Este TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA, VEROES, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. “Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y con el poder conferido por la ley; así como dándole cumplimiento al mandamiento ejecutivo ordenado por el tribunal comitente, declara: EMBARGADA EJECUTIVAMNETE, la cantidad liquida de dinero de cuatrocientos cincuenta y siete mil doscientos setenta y cinco con cincuenta y ocho céntimos (457.275,58), que se encuentran depositados en la cuneta Nº FAL 570-012717-9 propiedad del demandado de autos. Cumplida como ha sido nuestra misión el Tribunal acuerda el regreso a su sede, siendo las 3:30 P. M. Es todo, se termino, se leyó y conformes firman.-----------------------La Juez Temporal Abg. SUHAIL HERNANDEZ ALVARADO (FDO) La Notificada de autos, (FDO) La Defensora Pública Primera, (FDO) La Ciudadana: ROSA MARIA PINTO, parte actora,
(FDO) El Secretario Titular Abgº Eduardo A. Ibarra G. (FDO)












Sh/ei.
Comisión Civil Nº 1080/06