REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Dirección Ejecutiva de la Magistratura
Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
El presente traslado es gratuito, como lo consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en horas de despacho del día de hoy 27 de junio de 2006, siendo las 2:00 pm., se traslado y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia, Veroes, Bolívar y Manuel Monge, de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a cargo de la Juez Temporal Abogada Suhail Hernández Alvarado y su Secretario Abgº Eduardo Ibarra, titulares de la cedula de identidad Nº 12.282.113 y 10.853.325, respectivamente. En la siguiente dirección: “Avenida Intercomunal Sector Don Juancho San Felipe- Cocorote, donde funciona El Estacionamiento Yara, Municipio Cocorote de Este Estado”. A fin de darle estricto y cabal cumplimiento, al decreto, contentivo de ENTREGA MATERIAL, sobre un bien mueble, ordenado por el Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en contra del ciudadano: ALEXANDER CIPRIANO GAINZA ARIAS, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.913.000, en su carácter de demandado de autos. En compañía del Representante Judicial el ciudadano: SEGUNDO RAMON RAMIREZ, Abogado venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.459.913, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 30.758, en su carácter de Apoderado judicial de la parte actora, ciudadana MARIA TERESA ESPARROGOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.519.388. Demandante en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO, del expediente numero 978/06 de la nomenclatura del tribunal de la causa. En este estado este Tribunal procede a designar a el auxiliares de justicia en este acto al perito avaluador ciudadano: JACKSON MANUEL RODRIGUEZ, ambos venezolanos, mayo de edad, titular de las Cédula de Identidad número: 17.700.291, quien en este acto expone: “Acepto y Juro Cumplir bien y fielmente con todos los deberes inherentes a los cargos”. Es todo. Seguidamente Este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a notificar de su misión, luego de haberle hecho lectura del despacho de comisión a el ciudadano: JOSE RAMON ARZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 4.123.092, de este domicilio, en su condición de Gerente del Estacionamiento YARA, deposito de vehículo adscrito al Ministerio de Infraestructura Dirección de Vigilancia de Transito Terrestre de esta ciudad de San Felipe Es todo. En este estado este Tribunal le concede el derecho de palabra a el Representante Judicial de la parte actora el ciudadano, Abogado en Ejercicio: SEGUNDO RAMON RAMIREZ, antes identificado, quien expone: “En virtud de la orden de entrega de vehículo emanada del juzgado de la causa o comitente solicito a este tribunal se proceda, ha entregarme formalmente el vehículo Marca: Ford, Modelo: Zephyr, Año: 1981, Color: rojo, Clase: automóvil, Tipo: sedan, Uso: particular, cuyo serial de carrocería es: AJ71BU27787, y serial de Motor 4 cilindros, Placas: KBN-570, propiedad de la ciudadana: MARIA TERESA ESPARRAGOZA, antes identificada, parte actora en el presente juicio Es Todo”.En este estado este Tribunal le solicita al experto antes juramentado presente el respectivo avaluó prudencial del bien mueble señalado por la parte actora, y el mismo expone: “ El vehículo cuyas características son las siguientes: Marca: Ford, Modelo: Zephyr, Año: 1981, Color: rojo, Clase: automóvil, Tipo: sedan, Uso: particular, cuyo serial de carrocería es: AJ71BU27787, Serial de Motor 4 cilindros y Placas: KBN-570, y el cual se encuentra en las siguientes condiciones: presenta un choque en la parte frontal, la pintura del mismo se encuentra en mal estado, sin Batería, sin bovina, se desconoce su funcionamiento y puede se avaluado prudencialmente por la cantidad de: tres millones de bolívares (3.000.000,00 Bs.),Es todo. ESTE TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS, encontrándose constituido en la dirección Avenida Intercomunal, sector Don Juancho San Felipe- Cocorote, donde funciona El Estacionamiento Yara, Municipio Cocorote de Este Estado, y vista la comisión emanada por el tribunal de la causa, así como también lo solicitado por la parte actota en este acto, en consecuencia se hace LA ENTREGA MATERIAL, formal del bien mueble cuyas características son las siguientes: Marca: Ford, Modelo: Zephyr, Año: 1981, Color: rojo, Clase: automóvil, Tipo: sedan, Uso: particular, cuyo serial de carrocería es: AJ71BU27787, y serial de Motor 4 cilindros, Placas: KBN-570, propiedad de la ciudadana: MARIA TERESA ESPARROGOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.519.388, previo el avaluó prudencial del experto acá designado, dejándose a partir de la presente fecha a la orden del juzgado de la causa y dándole cumplimiento al mandato ordenado se le hace en este acto se pone en posesión de dicho vehículo al apoderado judicial de la parte actora abogado SEGUNDO RAMIREZ, titular de la cedula de identidad: 5.459.913, I.P.S.A N°: 30.758. Igualmente se acuerda la remisión de las presentes comisión civil en su forma original y con sus resultas al tribunal de la causa a la mayor brevedad posible, así como el regreso a nuestra sede. Es todo. Este Tribunal EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA, VEROES, BOLIVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en el nombre de la Republica Bolivariana y con el poder conferido por la ley, así como dándole cumplimiento al mandato ordenado por el tribunal de la causa, se Decreta La Entrega Material, del bien mueble antes señalado por el Representante de la parte actora puesto en posesión del mismo a partir de la presente fecha. Cumplida como ha sido nuestra misión el tribunal acuerda el regreso a su sede siendo las 3:30 pm, Es todo, termino, se leyó y conforme firman-------------------------------------------------------
La Juez Temporal Abg. SUHAIL HERNANDEZ ALVARADO, (Fdo). EL Notificado, (Fdo). El Representante Judicial de la parte actora, El experto, (Fdo) El Secretario Temporal. Abgº Eduardo Ibarra, (Fdo)